

Francisco González Pacheco profesor y docente.
Autor de Crianza Compartida como cambio de paradigma en la resolución de conflictos familiares agenda niñez 2022-2026.
Se presentó un proyecto de ley que viene en suplir algo que quedó al debe con la dictación de la ley de corresponsabilidad parental (Ley n• 20.680).
Lo primero y más importante, se establece como regla general el cuidado personal compartido de los hijos en caso de separación de los padres. (muchos miedos y temores justificados saltarán en este momento, pero intentaré explicar lo más breve posible más adelante) .
Segundo, se le entrega la facultad a un juez de familia, para que al igual que en cualquier caso de cuidado personal, velando por los criterios establecidos en la ley, y el interés superior del Niño , Niña y /o Adolescente (en adelante NNA), pueda decretar conforme a la prueba rendida un régimen de Cuidado Compartido
¿Qué ocurre en caso de contexto VIF, vulneración de derechos del niño?
Letra K ) como criterio de decisión para los jueces .
Respecto de alimentos: ¿Los "papitos/mamitas corazones" podrán evadir el pago de alimentos o pedir cese o disminución automática de la pensión alimenticia.
Lea la columna completa presionando en este enlace.
Comparta esta iniciativa y vamos sumando más personas al tren de la corresponsabilidad parental. FIRMA por la ley crianza compartida y comparte con amigos y familiares.