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Le suplicamos difundir esta petición en inglés con la traducción en español en la presente. Favor de firmarla y añadir un comentario si así lo desea.]
19 DE JULIO DE 2021
CONSEJO JUDICIAL DE CALIFORNIA
Honorable TANI GORRE CANTIL-SAKAUYE, Presidenta del Tribunal
NANCY EBERHART, Presidenta del Comité Asesor Ejecutivo del Tribunal
455 GOLDEN GATE AVENUE,
San Francisco, CA 94102
DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES
KATRINA HAGEN, Directora de Relaciones Laborales de California
1515 Clay Street,
Oakland, CA. 94612
Estimada Presidenta del Tribunal Supremo, Tani Gorre Cantil-Sakauye, y Srtas Eberhart y Hagen:
La Alianza Americana de Traductores e Intérpretes Profesionales (AAPTI) insta al Tribunal Supremo a hacer cumplir las siguientes leyes, códigos y normas que garantizan el uso de intérpretes certificados o registrados en todos los casos legales y médico-legales:
1) Ley Federal de Intérpretes Judiciales, 28 U.S. Code § 1827
2) Código de Gobierno §68580 (c)
3) Código de Gobierno §68560
4) Código de Gobierno §68561
5) Código de Gobierno §68562
6) Código de Gobierno §68564
7) Regla 984.2 del Consejo Judicial de California
8) Regla 2.893 del Consejo Judicial de California
9) SB1160 Mendoza
10) Código de Reglamentos de California, Título 8
En 1990, el Presidente del Tribunal Supremo de California estableció el Comité Asesor del Consejo Judicial para Intérpretes en Procedimientos Judiciales, Audiencias Administrativas y Procedimientos Médicos para mejorar la calidad de los servicios de interpretación y abordar los errores judiciales causados por las fallas de traducción e interpretación. Asimismo, se establecieron requisitos de certificación para el ámbito médico en el año 2009.
Desde entonces, se han requerido y administrado exámenes de certificación y registro para la prestación de servicios lingüísticos de la siguiente manera:
Para los tribunales civiles y penales del Estado de California: existen aproximadamente 2.500 intérpretes certificados y registrados en alrededor de 96 idiomas en la lista maestra del Consejo Judicial de California; además alrededor de 1.000 intérpretes federales certificados en todo el país; y, 950 intérpretes certificados del lenguaje de señas.
Para procedimientos/evaluaciones/exámenes médico/legales: más de 2.000 intérpretes médicos certificados por la Comisión para la Certificación de Intérpretes Sanitarios (CCHI), la Junta Nacional de Certificación de Intérpretes Médicos (NBCMI) y la Junta Estatal de Personal (SPB).
Para las audiencias administrativas: aproximadamente 292 intérpretes certificados por la Junta Estatal de Personal (SPB).
En la actualidad, existen exámenes y requisitos para certificación y registro en todos los campos enumerados anteriormente. Los intérpretes que no están certificados, registrados o licenciados (siempre que exista una certificación/registro/licencia para un idioma específico) no han completado de manera exitosa los rigurosos exámenes existentes y el proceso de certificación/registro. Cabe señalar que los interpretes certificados tienen como requisito el cumplir con horas de capacitación continua que superan en cantidad a las de los abogados y jueces; a diferencia, los intérpretes que carecen de certificación no tienen que cubrir ningún requisito de capacitación continua.
Como demuestran las cifras anteriores, no existe escasez de intérpretes debidamente certificados o registrados tanto en el ámbito jurídico como en el médico. Además, existe una ruta hacia la certificación a través de los exámenes existentes y la posibilidad de mantener la certificación mediante la capacitación/educación continua para un rendimiento óptimo. La supuesta escasez de intérpretes certificados puede remediarse volviendo a las condiciones y honorarios anteriormente negociados por los intérpretes certificados. El recurrir a intérpretes no certificados como una solución a la supuesta escasez, priva al usuario final de los procesos legales debidos y los servicios de acceso al idioma previamente calificados, lo que resulta en un error judicial.
La Junta Directiva de AAPTI, y los intérpretes y traductores profesionales certificados y registrados, agradecemos su defensa al derecho al acceso al idioma y a los procesos legales debidos de acuerdo a las leyes vigentes en el Estado de California.
Atentamente,
Junta Directiva y Miembros de AAPTI,
Intérpretes y Traductores Profesionales registrados y certificados en el Estado de California
AAPTI es una asociación nacional sin fines de lucro que agrupa a intérpretes y traductores certificados, registrados y con licencia en los ámbitos jurídico y médico, así como profesionales lingüistas en otras áreas. Nuestra misión es promover la profesionalización y el avance del sector de traductores e intérpretes en beneficio a las comunidades y a la profesión a la que servimos.