CUMPLAN CON SUS OBLIGACIONES LEGALES.

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El problema

El Real Decreto 1955/2000 establece las características técnicas y comerciales que deben cumplir los suministradores de energía eléctrica. En esta norma se concretan los índices de calidad, plazos, medidas de protección al consumidor, responsabilidad de las empresas suministradoras, etc. IBERDROLA teniendo obligación de hacerlo, al menos en algunos casos, no las cumple. Debemos exigir a IBERDROLA que respete la ley.

Mi caso es un ejemplo de estos incumplimientos, aunque me consta que no es el único, en la ciudad en la que vivo con unos 10000 habitantes conozco al menos otros cuatro casos como el mio. El pasado 12 de diciembre de 2012 contraté con IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN ÚLTIMO RECURSO SAU la tarifa de discriminación horaria (tarifa nocturna). Según el Real Decreto 1955/2000, la empresa disponía de 5 días hábiles para cambiar el contador y poder hacer así efectivo el contrato. Después de acudir reiteradas ocasiones a la oficina de atención al cliente de IBERDROLA en mi ciudad, de presentar dos reclamaciones y de haber transcurrido más de cinco veces el plazo establecido, la única respuesta de la empresa es que en un plazo de treinta días contestará a la reclamación planteada. Estamos pagando un servicio muy caro, la electricidad en España es de las más caras de Europa, que no tiene correspondencia con lo que nos ofrecen. Como consecuencia de este incumplimiento de la empresa, yo estoy pagando más por la electricidad de lo que debería. Este dinero que yo pierdo va a parar directamente a IBERDROLA.

Además, el cambio de contador no es el único caso de incumplimiento por parte de IBERDROLA, alguno de vosotros podría dar fe de ello.

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Petición creada en 25 de enero de 2013