Nueva Ley Orgánica de la Universidad de Colima


Nueva Ley Orgánica de la Universidad de Colima
El problema
Desde el año 1980, la Universidad de Colima ha mantenido la misma Ley Orgánica que la rige. Esto ha provocado que el poder esté concentrado en una sola persona considerado por la Ley Orgánica vigente como el Jefe Nato (el Rector). Esta ley ha permitido que un reducido grupo de personas, mejor conocido como "Grupo Universidad", ejerza una tiranía al interior de la institución educativa desde hace más de tres décadas.
Son constantes las violaciones a los derechos laborales, derechos humanos, libertad de expresión, libertad de catedra e ideas. Aquellos universitarios que han pensado diferente al Jefe Nato en turno han sido despedidos. El " Grupo Universidad" defiende su propio concepto sobre la "autonomía universitaria" para mantener el control administrativo, financiero y académico para sus beneficios personales, económicos y políticos.
Nosotros, un grupo de catedráticos universitarios, promovemos una nueva Ley Orgánica que se abra a la participación de todos los universitarios destacados para que elijan el mejor rumbo para nuestra Universidad. Durante los últimos tres años, ocho profesores que opinan diferente al Rector han sido cesados.
¡Ayúdanos a firmar para que el Congreso del Estado de Colima debata y apruebe una nueva Ley Orgánica para la Universidad de Colima!
Quienes promovemos esta iniciativa somos:
DR. MANUEL SALVADOR GONZÁLEZ VILLA
DR. SERGIO HUMBERTO ELENES ZEPEDA
DR. JOSÉ DE JESÚS LARA CHÁVEZ
Estas son las claves de la nueva Ley Orgánica que como universitarios proponemos:
- El Gobierno de la Universidad estará integrado por una Junta de Gobierno, el Consejo Universitario, la Junta Consultiva, los Consejos Técnicos de cada centro educativo o de investigación, el Rector, el Secretario General, el Tesorero, el Contralor, y los Directores.
- La elección de los integrantes de la Junta de Gobierno, el Consejo Universitario, los Consejos Técnicos y de Rector será mediante sufragio efectivo, libre, directo y secreto.
- Al entrar en vigor la nueva ley, los funcionarios permanecerán en su cargo hasta concluir el periodo para el cual fueron electos.
- Estudiantes, profesores y personal de servicios tiene derecho a organizarse de forma libre e independiente en asociaciones o sindicatos.
LA JUNTA DE GOBIERNO
- Está integrada por 30 miembros denominados “consejeros”.
- Por esta única ocasión el H Congreso del Estado de Colima elegirá a sus 30 integrantes de una lista de participantes. 20 serán distinguidos académicos universitarios y 10 serán dsitinguidos miembros de la sociedad de Colima.
- La Junta de Gobierno aprobará el presupuesto de la Universidad y reglamentará la contabilidad y el gasto universitario.
- Nombrará al Abogado, al Tesorero y al Contralor de la Universidad y los empleados que estén a sus órdenes.
- Solucionar conflictos entre autoridades universitarias.
- Sesionará al menos cada cuatro meses. Sesionará de forma extraordinaria cuando el Rector o más de dos consejeros lo propongan. Las sesiones serán públicas salvo se disponga lo contrario.
EL CONSEJO UNIVERSITARIO
- Estará presidido por el Rector.
- El Secretario General y el Tesorero serán miembros.
- El resto de los integrantes serán denominados “concejales” electos de la siguiente manera:
- Un profesor por cada bachillerato, licenciatura, ingeniería, maestría o doctorado
- Dos trabajadores de servicios generales por cada campus
- Dos trabajadores del personal secretaria por cada campus
- Dos estudiantes de la FEC por cada campus
- Dos jubilados
- Dos egresados
- Los concejales durarán en su cargo 4 años con posibilidad de una reelección.
- Su elección será mediante votación directa, libre y secreta.
- Podrá destituir al Rector, y a los integrantes de la Junta de Gobierno.
- Designará a los Directores y al presidente de la Defensoría de los Derechos Universitarios.
- Sesionará cada cuatro meses.
- Un tercio de sus miembros podrá solicitar elecciones extraordinarias de Rector.
- Limitará el salario del Rector a tres veces el salario base que perciba el profesor de mayor prestigio profesional.
LA JUNTA CONSULTIVA
- Se crea la Junta Consultiva para asesorar y promover propuestas a la Junta de Gobierno, el Consejo Universitario y el Rector.
- Estará integrada por 40 profesores e investigadores designados por el Consejo Universitario.
LOS CONSEJOS TÉCNICOS
- Estarán integrados por diez alumnos y diez profesores elegidos mediante voto universal, libre y secreto.
- Propondrán ante el Consejo Universitario una terna de profesores para elegir al Director del centro educativo o de investigación.
- Nombrarán al personal administrativo.
EL RECTOR
- Es la autoridad superior ejecutiva y directiva de la Universidad.
- Será electo mediante voto libre y directo de los miembros acreditados de la comunidad abierta. Los sufragios tendrán una valoración ponderada.
- Los miembros acreditados para votar serán:
- Alumnos de sexto semestre de licenciatura con promedio superior a 8.0
- Alumnos del segundo año de un programa de posgrado
- Profesores con grado de maestría o doctorado y tres años de servicio
- Profesores con al menos 10 horas de clase y tres años de servicio
CONTRALOR
- Supervisará la contabilidad de la Universidad y los informes del Tesorero.
- Informará al Consejo Universitario y al Rector cualquier anomalía.
DIRECTORES
- Durarán cuatro años en el cargo sin posibilidad de reelección. Será elegido por el Consejo Universitario tras una terna propuesta por el Consejo Técnico de cada plantel.
DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS UNIVERSITARIOS
- Es un órgano imparcial e independiente que defenderá los derechos de los miembros de la comunidad universitaria.
- Recibirá quejas por violación a las leyes universitaria y propondrá soluciones.
- Habrá dos adjuntos que lo auxiliarán en sus funciones.
- Durará cuatro años en el cargo con posibilidad de una reelección.
- El reglamento será expedido por el Consejo Universitario en un plazo no mayor a los 90 días hábiles a partir de la entrada en vigor de la nueva ley.
EL TRIBUNAL UNIVERSITARIO
- Es un órgano autónomo encargado de dirimir las controversias y conflictos de los universitarios por la interpretación o violación de la ley.
- Todos los universitarios, incluyendo a las autoridades, podrán ser sancionadas.
- Estará integrado por cuatro personas: un presidente (el más antiguo de los profesores del Consejo Técnico de la Facultad de Derecho), un secretario, el Abogado de la Universidad y el Director del plantel a que pertenezca el presunto infractor.
- Las resoluciones del Tribunal son inapelables salvo cuando se trate de una expulsión o separación definitiva. En estos casos, el afectado podrá interponer revisión ante el Consejo Universitario en un plazo máximo de diez días hábiles.
Fuente: Perriodismo (http://www.perriodismo.com.mx/2016/05/31/las-claves-de-la-nueva-ley-organica-de-la-udec/

El problema
Desde el año 1980, la Universidad de Colima ha mantenido la misma Ley Orgánica que la rige. Esto ha provocado que el poder esté concentrado en una sola persona considerado por la Ley Orgánica vigente como el Jefe Nato (el Rector). Esta ley ha permitido que un reducido grupo de personas, mejor conocido como "Grupo Universidad", ejerza una tiranía al interior de la institución educativa desde hace más de tres décadas.
Son constantes las violaciones a los derechos laborales, derechos humanos, libertad de expresión, libertad de catedra e ideas. Aquellos universitarios que han pensado diferente al Jefe Nato en turno han sido despedidos. El " Grupo Universidad" defiende su propio concepto sobre la "autonomía universitaria" para mantener el control administrativo, financiero y académico para sus beneficios personales, económicos y políticos.
Nosotros, un grupo de catedráticos universitarios, promovemos una nueva Ley Orgánica que se abra a la participación de todos los universitarios destacados para que elijan el mejor rumbo para nuestra Universidad. Durante los últimos tres años, ocho profesores que opinan diferente al Rector han sido cesados.
¡Ayúdanos a firmar para que el Congreso del Estado de Colima debata y apruebe una nueva Ley Orgánica para la Universidad de Colima!
Quienes promovemos esta iniciativa somos:
DR. MANUEL SALVADOR GONZÁLEZ VILLA
DR. SERGIO HUMBERTO ELENES ZEPEDA
DR. JOSÉ DE JESÚS LARA CHÁVEZ
Estas son las claves de la nueva Ley Orgánica que como universitarios proponemos:
- El Gobierno de la Universidad estará integrado por una Junta de Gobierno, el Consejo Universitario, la Junta Consultiva, los Consejos Técnicos de cada centro educativo o de investigación, el Rector, el Secretario General, el Tesorero, el Contralor, y los Directores.
- La elección de los integrantes de la Junta de Gobierno, el Consejo Universitario, los Consejos Técnicos y de Rector será mediante sufragio efectivo, libre, directo y secreto.
- Al entrar en vigor la nueva ley, los funcionarios permanecerán en su cargo hasta concluir el periodo para el cual fueron electos.
- Estudiantes, profesores y personal de servicios tiene derecho a organizarse de forma libre e independiente en asociaciones o sindicatos.
LA JUNTA DE GOBIERNO
- Está integrada por 30 miembros denominados “consejeros”.
- Por esta única ocasión el H Congreso del Estado de Colima elegirá a sus 30 integrantes de una lista de participantes. 20 serán distinguidos académicos universitarios y 10 serán dsitinguidos miembros de la sociedad de Colima.
- La Junta de Gobierno aprobará el presupuesto de la Universidad y reglamentará la contabilidad y el gasto universitario.
- Nombrará al Abogado, al Tesorero y al Contralor de la Universidad y los empleados que estén a sus órdenes.
- Solucionar conflictos entre autoridades universitarias.
- Sesionará al menos cada cuatro meses. Sesionará de forma extraordinaria cuando el Rector o más de dos consejeros lo propongan. Las sesiones serán públicas salvo se disponga lo contrario.
EL CONSEJO UNIVERSITARIO
- Estará presidido por el Rector.
- El Secretario General y el Tesorero serán miembros.
- El resto de los integrantes serán denominados “concejales” electos de la siguiente manera:
- Un profesor por cada bachillerato, licenciatura, ingeniería, maestría o doctorado
- Dos trabajadores de servicios generales por cada campus
- Dos trabajadores del personal secretaria por cada campus
- Dos estudiantes de la FEC por cada campus
- Dos jubilados
- Dos egresados
- Los concejales durarán en su cargo 4 años con posibilidad de una reelección.
- Su elección será mediante votación directa, libre y secreta.
- Podrá destituir al Rector, y a los integrantes de la Junta de Gobierno.
- Designará a los Directores y al presidente de la Defensoría de los Derechos Universitarios.
- Sesionará cada cuatro meses.
- Un tercio de sus miembros podrá solicitar elecciones extraordinarias de Rector.
- Limitará el salario del Rector a tres veces el salario base que perciba el profesor de mayor prestigio profesional.
LA JUNTA CONSULTIVA
- Se crea la Junta Consultiva para asesorar y promover propuestas a la Junta de Gobierno, el Consejo Universitario y el Rector.
- Estará integrada por 40 profesores e investigadores designados por el Consejo Universitario.
LOS CONSEJOS TÉCNICOS
- Estarán integrados por diez alumnos y diez profesores elegidos mediante voto universal, libre y secreto.
- Propondrán ante el Consejo Universitario una terna de profesores para elegir al Director del centro educativo o de investigación.
- Nombrarán al personal administrativo.
EL RECTOR
- Es la autoridad superior ejecutiva y directiva de la Universidad.
- Será electo mediante voto libre y directo de los miembros acreditados de la comunidad abierta. Los sufragios tendrán una valoración ponderada.
- Los miembros acreditados para votar serán:
- Alumnos de sexto semestre de licenciatura con promedio superior a 8.0
- Alumnos del segundo año de un programa de posgrado
- Profesores con grado de maestría o doctorado y tres años de servicio
- Profesores con al menos 10 horas de clase y tres años de servicio
CONTRALOR
- Supervisará la contabilidad de la Universidad y los informes del Tesorero.
- Informará al Consejo Universitario y al Rector cualquier anomalía.
DIRECTORES
- Durarán cuatro años en el cargo sin posibilidad de reelección. Será elegido por el Consejo Universitario tras una terna propuesta por el Consejo Técnico de cada plantel.
DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS UNIVERSITARIOS
- Es un órgano imparcial e independiente que defenderá los derechos de los miembros de la comunidad universitaria.
- Recibirá quejas por violación a las leyes universitaria y propondrá soluciones.
- Habrá dos adjuntos que lo auxiliarán en sus funciones.
- Durará cuatro años en el cargo con posibilidad de una reelección.
- El reglamento será expedido por el Consejo Universitario en un plazo no mayor a los 90 días hábiles a partir de la entrada en vigor de la nueva ley.
EL TRIBUNAL UNIVERSITARIO
- Es un órgano autónomo encargado de dirimir las controversias y conflictos de los universitarios por la interpretación o violación de la ley.
- Todos los universitarios, incluyendo a las autoridades, podrán ser sancionadas.
- Estará integrado por cuatro personas: un presidente (el más antiguo de los profesores del Consejo Técnico de la Facultad de Derecho), un secretario, el Abogado de la Universidad y el Director del plantel a que pertenezca el presunto infractor.
- Las resoluciones del Tribunal son inapelables salvo cuando se trate de una expulsión o separación definitiva. En estos casos, el afectado podrá interponer revisión ante el Consejo Universitario en un plazo máximo de diez días hábiles.
Fuente: Perriodismo (http://www.perriodismo.com.mx/2016/05/31/las-claves-de-la-nueva-ley-organica-de-la-udec/

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Petición creada en 2 de junio de 2016