Regular una distancia mínima entre los contenedores de basura y la entrada a viviendas o lugares donde se manipulan alimentos


Regular una distancia mínima entre los contenedores de basura y la entrada a viviendas o lugares donde se manipulan alimentos
El problema
En mi caso particular el Ayuntamiento de Torreblanca (Castellón) ha reubicado contenedores de basura a dos metros de la puerta de entrada a la cocina de la vivienda donde habita mi madre de 87 años. Pese a reiteradas peticiones de que cambie la localización de los contenedores, el Ayuntamiento se ha opuesto. Esto ya ha conducido el verano pasado a plagas en la vivienda que nunca con anterioridad se habían producido.
Desde los servicios competentes de la Comunidad Autónoma indican que no hay ninguna regulación ni medioambiental ni de salud pública que evite esta situación; que el competente de controlar y evitar estos problemas es el propio gestor del servicio, esto es, el Ayuntamiento, que así se convierte en juez y parte; cuando, si quien generase este problema fuese un particular, la administración si que lo controlaría y sancionaría en base al interés público medioambiental y de salud pública para que no se reprodujese esta situación.
Considero que la Comunidad Autónoma sí puede regular estas materias de su competencia y con ello se evitaría que cualquier ayuntamiento pudiera actuar como lo ha hecho el de Torreblanca, arriesgando la salud de sus vecinos.
El problema
En mi caso particular el Ayuntamiento de Torreblanca (Castellón) ha reubicado contenedores de basura a dos metros de la puerta de entrada a la cocina de la vivienda donde habita mi madre de 87 años. Pese a reiteradas peticiones de que cambie la localización de los contenedores, el Ayuntamiento se ha opuesto. Esto ya ha conducido el verano pasado a plagas en la vivienda que nunca con anterioridad se habían producido.
Desde los servicios competentes de la Comunidad Autónoma indican que no hay ninguna regulación ni medioambiental ni de salud pública que evite esta situación; que el competente de controlar y evitar estos problemas es el propio gestor del servicio, esto es, el Ayuntamiento, que así se convierte en juez y parte; cuando, si quien generase este problema fuese un particular, la administración si que lo controlaría y sancionaría en base al interés público medioambiental y de salud pública para que no se reprodujese esta situación.
Considero que la Comunidad Autónoma sí puede regular estas materias de su competencia y con ello se evitaría que cualquier ayuntamiento pudiera actuar como lo ha hecho el de Torreblanca, arriesgando la salud de sus vecinos.
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Petición creada en 5 de marzo de 2015