Sanción para la fiscal acusadora de Rita Maestre


Sanción para la fiscal acusadora de Rita Maestre
El problema
Instar al Consejo Fiscal a expedientar e imponer sanción a la Fiscal Dª María Luisa Morando Martínez por el contenido de su escrito de alegaciones de fecha 25 de abril de 2016 de impugnación al recurso de apelación interpuesto por la defensa de Dª Rita Maestre.
La Fiscal Dª María Luisa Morando ha presentado un escrito de impugnación al recurso de apelación formulado por la defensa de Dª Rita Maestre que contiene expresiones vejatorias hacia ésta e incluso hacia su abogado. Además, se aparta de su función como garante de la legalidad, para reflejar sus propios criterios religiosos y morales empleando medios públicos para la defensa de una determinada confesión religiosa.
Obviando lo anacrónico que resulta que en una universidad pública tenga cedido un espacio a una determinada congregación religiosa, que fue precisamente el origen de la protesta por la que ha sido juzgada la Sra. Maestre y obviando igualmente el hecho de que el Consejo de Europa haya reiterado desde 2006 que ni el insulto ni la blasfemia deben considerarse como delito en los Estados europeos (siempre que no concurra el elementos de incitación al odio), sorprende que la legislación penal española no se haya adaptado a este criterio del Consejo de Europa, y siga vigente el delito contra los sentimientos religiosos del art. 524 del Código Penal.
A pesar de lo anterior, esta petición se centra en la actuación de la representante del Ministerio Fiscal (también a cargo de las arcas públicas) en el procedimiento penal de referencia.
Dejando a un lado el tono despectivo que emplea la fiscal para referirse a quienes legítimamente protestaron contra la cesión a una entidad religiosa de un espacio público, basta leer el escrito de la fiscal Morando para constatar que son un fiel reflejo de sus creencias morales y religiosas y no de los principios legales que debe esgrimir. En el mismo utiliza términos eminentemente católicos, que además refuerza con el empleo de mayúsculas para darle aún más énfasis a lo que ella entiende como inatacable: Sagrario, en presencia del Altísimo, el Santísimo ... Es evidente que con ello está dando prioridad a sus criterios morales, con desprecio a la laicidad del estado de cuyos presupuestos percibe su remuneración. Entendemos que la fiscal en cuestión debió plantearse, como hubiera sido razonable con objeto de que sus creencias no interfirieran en el asunto en cuestión, abstenerse de actuar en este procedimiento, pero no solo no lo hizo, sino que tomó partido por la defensa de la iglesia católica. Pero es que además, el escrito está impregnado de machismo, denominando a las manifestantes como señoritas, con evidente ánimo de menospreciar; el término señorita, claramente trasnochado, tiene una connotación paternalista y machista totalmente rechazable en el lenguaje actual.
La iglesia católica sigue manteniendo privilegios económicos, fiscales, políticos y jurídicos que pagamos entre todos, incluyéndose entre estos privilegios el servicio que le prestan funcionarios públicos, como es la Sra. Morando, con cargo a nuestros presupuestos.
El problema
Instar al Consejo Fiscal a expedientar e imponer sanción a la Fiscal Dª María Luisa Morando Martínez por el contenido de su escrito de alegaciones de fecha 25 de abril de 2016 de impugnación al recurso de apelación interpuesto por la defensa de Dª Rita Maestre.
La Fiscal Dª María Luisa Morando ha presentado un escrito de impugnación al recurso de apelación formulado por la defensa de Dª Rita Maestre que contiene expresiones vejatorias hacia ésta e incluso hacia su abogado. Además, se aparta de su función como garante de la legalidad, para reflejar sus propios criterios religiosos y morales empleando medios públicos para la defensa de una determinada confesión religiosa.
Obviando lo anacrónico que resulta que en una universidad pública tenga cedido un espacio a una determinada congregación religiosa, que fue precisamente el origen de la protesta por la que ha sido juzgada la Sra. Maestre y obviando igualmente el hecho de que el Consejo de Europa haya reiterado desde 2006 que ni el insulto ni la blasfemia deben considerarse como delito en los Estados europeos (siempre que no concurra el elementos de incitación al odio), sorprende que la legislación penal española no se haya adaptado a este criterio del Consejo de Europa, y siga vigente el delito contra los sentimientos religiosos del art. 524 del Código Penal.
A pesar de lo anterior, esta petición se centra en la actuación de la representante del Ministerio Fiscal (también a cargo de las arcas públicas) en el procedimiento penal de referencia.
Dejando a un lado el tono despectivo que emplea la fiscal para referirse a quienes legítimamente protestaron contra la cesión a una entidad religiosa de un espacio público, basta leer el escrito de la fiscal Morando para constatar que son un fiel reflejo de sus creencias morales y religiosas y no de los principios legales que debe esgrimir. En el mismo utiliza términos eminentemente católicos, que además refuerza con el empleo de mayúsculas para darle aún más énfasis a lo que ella entiende como inatacable: Sagrario, en presencia del Altísimo, el Santísimo ... Es evidente que con ello está dando prioridad a sus criterios morales, con desprecio a la laicidad del estado de cuyos presupuestos percibe su remuneración. Entendemos que la fiscal en cuestión debió plantearse, como hubiera sido razonable con objeto de que sus creencias no interfirieran en el asunto en cuestión, abstenerse de actuar en este procedimiento, pero no solo no lo hizo, sino que tomó partido por la defensa de la iglesia católica. Pero es que además, el escrito está impregnado de machismo, denominando a las manifestantes como señoritas, con evidente ánimo de menospreciar; el término señorita, claramente trasnochado, tiene una connotación paternalista y machista totalmente rechazable en el lenguaje actual.
La iglesia católica sigue manteniendo privilegios económicos, fiscales, políticos y jurídicos que pagamos entre todos, incluyéndose entre estos privilegios el servicio que le prestan funcionarios públicos, como es la Sra. Morando, con cargo a nuestros presupuestos.
Petición cerrada
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Petición creada en 8 de mayo de 2016