Petition updateDOS MAYORES CON GRAN DISCAPACIDAD ABANDONADOS POR EL AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER DESDE 2007

DOS MAYORES CON GRAN DISCAPACIDAD ABANDONADOS POR EL AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER DESDE 2007

Ariadna LópezMadrid, Spain
Jul 11, 2018

SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER (MURCIA): Por qué tanta inquina contra mi hermana y mi cuñado?, dos personas indefensas y vulnerables? ELLOS SON LAS VICTIMAS!! Gracias a todos los que habéis firmado y compartido la petición. Vuestro apoyo es muy importante para lograr que mi hermana y mi cuñado puedan vivir en su domicilio habitual en San Javier (Murcia), también sienten que no están solos. Por favor, leer la actualización hasta el final. LA INFORMACIÓN ES MUY IMPORTANTE. NECESITO DE VUESTRA COLABORACIÓN PARA COMPARTIRLO AL MAYOR NÚMERO DE PERSONAS. LO QUE EL AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER ESTÁ HACIENDO CON ELLOS ES MUY GRAVE. Quiero compartir con vosotros como está la situación en este momento. LAMENTABLEMENTE SE SIENTEN ACOSADOS. PRETENDEN AISLARLES Y DEJARLES SIN SALIDAS. Para algunos, LAS PERSONAS MAYORES, LOS DISCAPACITADOS, LOS ENFERMOS, etc., CONTINÚAN SIENDO INVISIBLES y no se tienen en cuenta sus justas peticiones y necesidades. La Constitución de 1978, en el CAPÍTULO SEGUNDO: Derechos y libertades dice: Artículo 19. Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional. A mi hermana y a mi cuñado se les niega este derecho DESDE 2007. Desde que inicié la petición, la salud de mi cuñado se ha deteriorado y cada vez más a menudo depende de una silla de ruedas. En Mayo mi hermana pasó el reconocimiento médico para valorar el grado de discapacidad. El porcentaje ha subido bastante y HA SIDO DECLARADA DEPENDIENTE. Le comunicaron que debe solicitar la Ley de Dependencia para los dos. Una vez más le han insistido en que en su estado no puede ocuparse físicamente de atender sola a su marido y de nuevo le han repetido que no pueden vivir solos y que debe contratar una persona interna para que les cuide. Artículo 49. Los poderes públicos realizaran una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada. Para solicitar la Ley de Dependencia, entre otros documentos, deben presentar el documento de empadronamiento. Su domicilio habitual Y DONDE ESTÁN EMPADRONADOS es en su casa de San Javier (Murcia) pese a no poder vivir en la misma desde 2008 por tener Hipersensibilidad química y electromagnética y seguir instaladas junto a su vivienda la antena de radiofrecuencia y los dos grupos de telefonía móvil SIN LICENCIA NI AUTORIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO. Artículo 43. 1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud. 2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones Sino viven en su domicilio no es por decisión propia sino impuesta por no aplicar el Ayuntamiento la Ley del Suelo de la Región de Murcia y la Ordenanza Municipal en relación a la instalación de antenas. Fue al Ayuntamiento de San Javier a pedir el mencionado documento y le dijeron que estaba en “proceso de baja de oficio del empadronamiento”. Como sabéis viven en un pequeño local comercial. El Ayuntamiento de Cartagena les dejó vivir ahí provisionalmente hasta que se solucionara el problema de las antenas y pudieran regresar a su domicilio habitual en San Javier. Al ser un local comercial NO PUEDEN EMPADRONARSE EN ESA DIRECCIÓN. Artículo 47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Sin el documento de empadronamiento no pueden solicitar la Ley de Dependencia. El 9 o 10 de julio llevaron a su casa de San Javier una carta del Ayuntamiento que dice: Mediante la presente le comunicamos que a tenor de lo dispuesto en la Providencia de Alcaldía de fecha 03-07-2018 se ha iniciado expediente de baja de oficio por inscripción indebida, indicándole que tiene un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, para alegar o presentar documentos que estime pertinentes. De no presentar alegaciones en dicho plazo, se procederá a la resolución del expediente, teniendo dicha baja efectos sobre el padrón de habitantes y sobre el Censo electoral, si usted reúne los requisitos establecidos en la LOREG para ser elector. En San Javier a, 5 de julio de 2018 LA JEFA DEL NEGOCIADO DE ESTADISTICA Por qué toma el Alcalde esta decisión ahora cuando conoce perfectamente su situación desde 2007 y el motivo de por qué no pueden vivir en su casa de San Javier?. EN SU MANO ESTÁ EL SOLUCIONARLO. POR QUÉ NO LO HA HECHO? Por qué no se retiran las antenas? Artículo 45. 1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona… 2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida… Por qué se ignoraron y se ignoran los Informes del Jurídico y del Técnico del Ayuntamiento que declaraban que ERAN OBRAS NO LEGALIZABLES? Ambos son funcionarios de carrera. Por qué se ignoró y se ignora la RESOLUCIÓN DEL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA REGIÓN DE MURCIA? Por qué DOS PERSONAS MAYORES DISCAPACITADAS, DEPENDIENTES Y ENFERMAS se van a encontrar en el limbo, sin estar empadronados lo que supone que perderán muchos derechos como por ejemplo, EL DERECHO A VOTO EN LAS ELECCIONES, EL NO PODER SOLICITAR LA LEY DE DEPENDENCIA, ENTRE OTROS MUCHOS Y NO MENOS IMPORTANTES? Los políticos son elegidos en las urnas para que trabajen para beneficiar a todos los ciudadanos por igual, sin favoritismos ni discriminación. Los cargos públicos que ostentan no son de su propiedad. Los ciudadanos decidimos con nuestros votos a quien damos nuestra confianza para que nos represente durante cuatro años. LOS CARGOS PÚBLICOS NO TIENEN DUEÑO!! GRACIAS A TOD@S POR VUESTRA GENEROSIDAD.

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