Dejen de matarnos con el humo del transporte público en Bogotá

El problema

Mediante acción de tutela instaurada por Juan Diego Medina y Rosa Montero, miembros del Colectivo “Neopolitanos”, el 4 de octubre de 2018 solicitamos:

Que el juez declare al aire de Bogotá sujeto de derechos y en consecuencia el Estado garantice su protección, conservación, mantenimiento y restauración, tal como lo hicieron las altas cortes con el Amazonas (C.S.J., 2018) y el Río Atrato (C. C., 2016).

Que la Alcaldía de Bogotá, adopte en un plazo máximo de 3 meses las medidas necesarias para eliminar o reducir los impactos negativos del humo producido por el diésel con que opera gran parte de la flota de transporte público en Bogotá (Buses, busetas y TM).

Que se implemente un sistema de monitoreo para medir en tiempo real la contaminación en las zonas y espacios en los que más se concentra el humo del diésel del transporte público, que sirva para alertar a los ciudadanos en tomar medidas de autoprotección.

Que se hagan operativos permanentes para inmovilizar o multar vehículos con certificado de revisión técnico mecánica vencida.

Que se detenga la tala de árboles y se gestione siembra de estos en los barrios con déficit.

Que se hagan los estudios para medir el impacto real de la contaminación del aire de Bogotá en la salud y vida de los bogotanos y en las finanzas del Distrito.

 ¿Por qué declarar el aire de Bogotá como sujeto de derechos?

La protección al medio ambiente es la respuesta a un problema que, de seguirse agravando al ritmo presente, acabaría planteando una auténtica cuestión de vida o muerte para todos los seres vivos que habitan la Tierra (Corte Constitucional. Sentencia T-622/16 MP: Jorge Iván Palacio Palacio).

“el fundamento de la obligación de solidaridad directa con la naturaleza se edifica en un valor, en sí mismo, de ésta, por cuanto el ser humano forma parte de la naturaleza siendo, a su vez, naturaleza” (Corte Suprema de Justicia- Sala de Casación Civil. STC STC4360-2018).

NO es un imposible jurídico y la prueba de ello son las anteriores sentencias, en las que la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, declaran al Río Atrato y al Amazonas como sujeto de derechos.

¿Por qué el problema lo ocasionan los buses del transporte público?

Porque de acuerdo con la información publicada en el portal web oficial de TransMilenio S. A., “los vehículos que se utilizan en los servicios troncales del Sistema TransMilenio (…) cuentan con (…) motores alimentados por Diésel (…) Adicionalmente, en el segundo semestre de 2009 se hizo la vinculación de flota con mayor capacidad (buses biarticulados), (…) y cuentan con (…) motores alimentados por Diésel”.

A su vez, según el último informe de movilidad publicado por la Secretaría Distrital de Movilidad de la Alcaldía de Bogotá, de los 22.682 buses, busetas y microbuses del servicio público, 17.940 de ellos, operan con combustible diésel.

Porque la combustión del diésel produce gases y materiales que según la Organización Mundial de la Salud, se asocian con enfermedades respiratorias, cardiacas y cerebrovasculares y con el riesgo máximo de padecer cáncer de pulmón.

Porque los productos de la combustión del diésel se concentran de manera peligrosa en microambientes como aceras, paraderos, estaciones, avenidas y en las mismas cabinas de los buses.
 

¿Por qué la Alcaldía debe responder?

Porque al prestar un servicio público abastecido con diésel como solución de movilidad a los bogotanos; les está violentando sus derechos a la salud y a la vida:

-La tercera parte de las muertes prematuras en Colombia que se asocian a la mala calidad del aire se producen en Bogotá.

-Entre los años 2011 y 2014 se registraron 2.877.892 visitas a las salas de urgencias de los hospitales de Bogotá, por enfermedades asociadas con la mala calidad del aire.

-Los pasajeros de los buses estamos expuestos a concentraciones 6 veces más altas que los peatones.

-Las concentraciones del contaminante PM10 al interior de instituciones educativas distritales de Bogotá ubicadas en vías con alto tráfico vehicular; exceden los valores considerados como nocivos para poblaciones sensibles por la Organización Mundial de la Salud.

Porque los ciudadanos no contamos con un sistema de información moderno y eficiente que los alerte cuando deban tomar medidas de auto-protección por la mala calidad del aire.


Porque el distrito solo en 2009 invirtió más de 15,8 billones de pesos en el tratamiento de enfermedades asociadas a la mala calidad del aire.


Porque la gestión del arbolado urbano es deficiente, una cantidad importante de buses ya cumplió su vida útil y muchos propietarios de los vehículos burlan las revisiones técnico-mecánicas.


Porque el interés privado está siendo puesto por encima del interés de la población en general, al justificar la no implementación de la medida de instalación de filtros de partículas diésel en los buses, en la baja demanda de la Fase III de Transmilenio, que afecta las ganancias de los operadores y sus posibilidades de financiar la medida.

Esta petición ha conseguido 170 firmas

El problema

Mediante acción de tutela instaurada por Juan Diego Medina y Rosa Montero, miembros del Colectivo “Neopolitanos”, el 4 de octubre de 2018 solicitamos:

Que el juez declare al aire de Bogotá sujeto de derechos y en consecuencia el Estado garantice su protección, conservación, mantenimiento y restauración, tal como lo hicieron las altas cortes con el Amazonas (C.S.J., 2018) y el Río Atrato (C. C., 2016).

Que la Alcaldía de Bogotá, adopte en un plazo máximo de 3 meses las medidas necesarias para eliminar o reducir los impactos negativos del humo producido por el diésel con que opera gran parte de la flota de transporte público en Bogotá (Buses, busetas y TM).

Que se implemente un sistema de monitoreo para medir en tiempo real la contaminación en las zonas y espacios en los que más se concentra el humo del diésel del transporte público, que sirva para alertar a los ciudadanos en tomar medidas de autoprotección.

Que se hagan operativos permanentes para inmovilizar o multar vehículos con certificado de revisión técnico mecánica vencida.

Que se detenga la tala de árboles y se gestione siembra de estos en los barrios con déficit.

Que se hagan los estudios para medir el impacto real de la contaminación del aire de Bogotá en la salud y vida de los bogotanos y en las finanzas del Distrito.

 ¿Por qué declarar el aire de Bogotá como sujeto de derechos?

La protección al medio ambiente es la respuesta a un problema que, de seguirse agravando al ritmo presente, acabaría planteando una auténtica cuestión de vida o muerte para todos los seres vivos que habitan la Tierra (Corte Constitucional. Sentencia T-622/16 MP: Jorge Iván Palacio Palacio).

“el fundamento de la obligación de solidaridad directa con la naturaleza se edifica en un valor, en sí mismo, de ésta, por cuanto el ser humano forma parte de la naturaleza siendo, a su vez, naturaleza” (Corte Suprema de Justicia- Sala de Casación Civil. STC STC4360-2018).

NO es un imposible jurídico y la prueba de ello son las anteriores sentencias, en las que la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, declaran al Río Atrato y al Amazonas como sujeto de derechos.

¿Por qué el problema lo ocasionan los buses del transporte público?

Porque de acuerdo con la información publicada en el portal web oficial de TransMilenio S. A., “los vehículos que se utilizan en los servicios troncales del Sistema TransMilenio (…) cuentan con (…) motores alimentados por Diésel (…) Adicionalmente, en el segundo semestre de 2009 se hizo la vinculación de flota con mayor capacidad (buses biarticulados), (…) y cuentan con (…) motores alimentados por Diésel”.

A su vez, según el último informe de movilidad publicado por la Secretaría Distrital de Movilidad de la Alcaldía de Bogotá, de los 22.682 buses, busetas y microbuses del servicio público, 17.940 de ellos, operan con combustible diésel.

Porque la combustión del diésel produce gases y materiales que según la Organización Mundial de la Salud, se asocian con enfermedades respiratorias, cardiacas y cerebrovasculares y con el riesgo máximo de padecer cáncer de pulmón.

Porque los productos de la combustión del diésel se concentran de manera peligrosa en microambientes como aceras, paraderos, estaciones, avenidas y en las mismas cabinas de los buses.
 

¿Por qué la Alcaldía debe responder?

Porque al prestar un servicio público abastecido con diésel como solución de movilidad a los bogotanos; les está violentando sus derechos a la salud y a la vida:

-La tercera parte de las muertes prematuras en Colombia que se asocian a la mala calidad del aire se producen en Bogotá.

-Entre los años 2011 y 2014 se registraron 2.877.892 visitas a las salas de urgencias de los hospitales de Bogotá, por enfermedades asociadas con la mala calidad del aire.

-Los pasajeros de los buses estamos expuestos a concentraciones 6 veces más altas que los peatones.

-Las concentraciones del contaminante PM10 al interior de instituciones educativas distritales de Bogotá ubicadas en vías con alto tráfico vehicular; exceden los valores considerados como nocivos para poblaciones sensibles por la Organización Mundial de la Salud.

Porque los ciudadanos no contamos con un sistema de información moderno y eficiente que los alerte cuando deban tomar medidas de auto-protección por la mala calidad del aire.


Porque el distrito solo en 2009 invirtió más de 15,8 billones de pesos en el tratamiento de enfermedades asociadas a la mala calidad del aire.


Porque la gestión del arbolado urbano es deficiente, una cantidad importante de buses ya cumplió su vida útil y muchos propietarios de los vehículos burlan las revisiones técnico-mecánicas.


Porque el interés privado está siendo puesto por encima del interés de la población en general, al justificar la no implementación de la medida de instalación de filtros de partículas diésel en los buses, en la baja demanda de la Fase III de Transmilenio, que afecta las ganancias de los operadores y sus posibilidades de financiar la medida.

Los destinatarios de la petición

Transmilenio S.A.
Transmilenio S.A. Defensoria
Jueza 47 penal municipal de control de garantías de Bogotá
Jueza 47 penal municipal de control de garantías de Bogotá

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Petición creada en 9 de octubre de 2018