La vereda es responsabilidad del municipio


La vereda es responsabilidad del municipio
La causa
La ordenanza municipal Nº: 33721 / 1977 de la Ciudad de Buenos Aires, sobre "Construcción, mantenimiento y conservación de las veredas", establece en su artículo 1° que "La responsabilidad primario y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de las veredas, compete al propietario frentista."
La vereda (acera) al frente de una propiedad, a diferencia de los espacios internos, es suelo público y por lo tanto pertenece totalmente a la administración pública. El art. 10 del decreto legislativo 24.449 (Ley de Tránsito) define claramente el concepto de Vía Pública y enumera las aceras como propiedad pública. El artículo 10, de hecho, especifica qué se entiende por acera «Acera: La orilla de la calle o de otra Vía Pública, generalmente urbana, sita junto al parámetro de las casas o a la baranda de los puentes y destinada para el tránsito de peatones.». Por lo tanto, es ilegítimo que una simple ordenanza municipal derogue un decreto legislativo.
Exigimos que las Comunas/Municipalidades se responsabilicen por la construcción de las aceras como lo indica la Ley.

La causa
La ordenanza municipal Nº: 33721 / 1977 de la Ciudad de Buenos Aires, sobre "Construcción, mantenimiento y conservación de las veredas", establece en su artículo 1° que "La responsabilidad primario y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de las veredas, compete al propietario frentista."
La vereda (acera) al frente de una propiedad, a diferencia de los espacios internos, es suelo público y por lo tanto pertenece totalmente a la administración pública. El art. 10 del decreto legislativo 24.449 (Ley de Tránsito) define claramente el concepto de Vía Pública y enumera las aceras como propiedad pública. El artículo 10, de hecho, especifica qué se entiende por acera «Acera: La orilla de la calle o de otra Vía Pública, generalmente urbana, sita junto al parámetro de las casas o a la baranda de los puentes y destinada para el tránsito de peatones.». Por lo tanto, es ilegítimo que una simple ordenanza municipal derogue un decreto legislativo.
Exigimos que las Comunas/Municipalidades se responsabilicen por la construcción de las aceras como lo indica la Ley.

Petición cerrada
Compartí esta petición
Los tomadores de decisiones

Petición creada en 22 de junio de 2017