Debate participativo antes de modificar la ley de semillas de Argentina


Debate participativo antes de modificar la ley de semillas de Argentina
El problema
Solicitamos que se haga público el proyecto de modificación de la actual Ley de Semillas, para ser analizado y sometido a discusión, antes de su tratamiento en el Congreso de la Nación.
Las semillas son centrales para la producción agrícola y para la nueva economía, pues a través de ellas se crean las nuevas formas de vida que serán determinantes en alimentación, salud, agricultura, energía y materiales como bioplásticos. Por eso, son centrales tanto para la soberania alimentaria del país como para el sector exportador argentino. Más aún, son el sustento de miles de campesinos y fuente de vida y biodiversidad.
La Ley de semillas establece bajo qué condiciones, el que modifica una semilla, un producto de la naturaleza, puede adquirir derechos de propiedad sobre esa semilla.
Los derechos de propiedad intelectual establecen quién es el dueño de la semilla y excluyen a cualquier tercero del uso de la misma. Así, el propietario adquiere el control y determina qué se produce con esas semillas, cuánto y a qué precios.
La ley actual (Ley No 20.427 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas) otorga un derecho de propiedad por quince años a los que hacen cambios y registran una “nueva” semilla. Este derecho prevé dos limitaciones: no pueden restringir la posibilidad de replantar de los agricultores (esto es importante porque las semillas se auto-reproducen), ni pueden limitar la posibilidad de que estas sean utilizadas como fuente de nuevos desarrollos.
Esta Ley de semillas vigente ha sido cuestionada por las empresas, que argumentan que no sirve para proteger sus inversiones en innovación y piden un cambio para restringir las posibilidades de los agricultores de replantar la semilla y ampliar el alcance de los derechos de propiedad.
Varios sectores en Argentina, sin embargo, han expresado su preocupación frente a un posible avance en este sentido ya que entienden que afectará: (a) las posibilidades de los agricultores de replantar, y por lo tanto la supervivencia de este sector y con él, el de la soberania alimentaria, pues crearía derechos de propiedad exclusiva sobre el acervo natural de nuestro país; (b) el modelo de innovación del sector, ya que bloquearía el acceso a investigadores y al desarrollo de empresas tecnológicas emergentes, y (c) las posibilidades de preservar la diversidad y biodiversidad en el largo plazo.
La ley actual, o al menos sus alcances, necesitan ser rediscutidos por los conflictos que se generan en relación al acceso a las semillas que contienen eventos transgénicos patentados (es el caso, por ejemplo, de la mayor parte de las semillas de soja que se utilizan en Argentina). Este tipo de semillas están cubiertas por la Ley de Semillas y la Ley de Patentes, que están en conflicto ya que la primera permite re-usarlas, mientras que la segunda permite restringir el re-uso.
Aunque no se ha dado a conocer la propuesta del gobierno, todo indica que la dirección de cambio sugerida será de mayor protección en detrimento de los derechos de los agricultores y mejoradores a re-usar.
La evidencia internacional indica claramente que allá adonde se han hecho más fuertes los derechos de propiedad intelectual, el mercado de semillas se ha concentrado en unas pocas empresas multinacionales y se ha perdido diversidad biológica.
Argentina, a diferencia de otros países, tiene un rico y diverso sector semillero, con una significativa participación de actores domésticos altamente innovadores. Este sector trabaja con un modelo de innovación diferente al propuesto por las grandes multinacionales y está basado en la libre circulación de los materiales genéticos y el conocimiento.
Existen sistemas de propiedad intelectual alternativos que pueden proteger a estos actores domésticos sin perjudicar a otros sectores, como el de agricultores y campesinos.
Las semillas como muchos bienes derivados de las tecnologías de la información y los bienes culturales pueden reproducirse, copiarse y multiplicarse sin mayores dificultades y a bajo costo. En estas industrias, se están permanentemente creando y recreando nuevos modos de captura de la renta para los innovadores que no impiden la libre circulación del conocimiento.
Intentando emular estos modelos, han aparecido algunas iniciativas a nivel global que propician el uso de herramientas de propiedad intelectual para las semillas que les permitan a los innovadores apropiarse de la renta de su innovación, pero que no restringen el libre flujo de materiales y saberes. Un ejemplo de esas iniciativas es la denominada open source en semillas.
Entendemos que es necesario discutir estas alternativas en un debate amplio e informado que involucre a diferentes actores sociales.
La ley de semillas, por su centralidad y su naturaleza eminentemente conflictiva, no admite ser debatida a puertas cerradas. El involucramiento de diferentes actores sociales con múltiples visiones e ideas es la única forma de inteligencia colectiva que puede llevar a un sistema innovador que se adapte a la realidad del país y que supere al actual.
El problema
Solicitamos que se haga público el proyecto de modificación de la actual Ley de Semillas, para ser analizado y sometido a discusión, antes de su tratamiento en el Congreso de la Nación.
Las semillas son centrales para la producción agrícola y para la nueva economía, pues a través de ellas se crean las nuevas formas de vida que serán determinantes en alimentación, salud, agricultura, energía y materiales como bioplásticos. Por eso, son centrales tanto para la soberania alimentaria del país como para el sector exportador argentino. Más aún, son el sustento de miles de campesinos y fuente de vida y biodiversidad.
La Ley de semillas establece bajo qué condiciones, el que modifica una semilla, un producto de la naturaleza, puede adquirir derechos de propiedad sobre esa semilla.
Los derechos de propiedad intelectual establecen quién es el dueño de la semilla y excluyen a cualquier tercero del uso de la misma. Así, el propietario adquiere el control y determina qué se produce con esas semillas, cuánto y a qué precios.
La ley actual (Ley No 20.427 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas) otorga un derecho de propiedad por quince años a los que hacen cambios y registran una “nueva” semilla. Este derecho prevé dos limitaciones: no pueden restringir la posibilidad de replantar de los agricultores (esto es importante porque las semillas se auto-reproducen), ni pueden limitar la posibilidad de que estas sean utilizadas como fuente de nuevos desarrollos.
Esta Ley de semillas vigente ha sido cuestionada por las empresas, que argumentan que no sirve para proteger sus inversiones en innovación y piden un cambio para restringir las posibilidades de los agricultores de replantar la semilla y ampliar el alcance de los derechos de propiedad.
Varios sectores en Argentina, sin embargo, han expresado su preocupación frente a un posible avance en este sentido ya que entienden que afectará: (a) las posibilidades de los agricultores de replantar, y por lo tanto la supervivencia de este sector y con él, el de la soberania alimentaria, pues crearía derechos de propiedad exclusiva sobre el acervo natural de nuestro país; (b) el modelo de innovación del sector, ya que bloquearía el acceso a investigadores y al desarrollo de empresas tecnológicas emergentes, y (c) las posibilidades de preservar la diversidad y biodiversidad en el largo plazo.
La ley actual, o al menos sus alcances, necesitan ser rediscutidos por los conflictos que se generan en relación al acceso a las semillas que contienen eventos transgénicos patentados (es el caso, por ejemplo, de la mayor parte de las semillas de soja que se utilizan en Argentina). Este tipo de semillas están cubiertas por la Ley de Semillas y la Ley de Patentes, que están en conflicto ya que la primera permite re-usarlas, mientras que la segunda permite restringir el re-uso.
Aunque no se ha dado a conocer la propuesta del gobierno, todo indica que la dirección de cambio sugerida será de mayor protección en detrimento de los derechos de los agricultores y mejoradores a re-usar.
La evidencia internacional indica claramente que allá adonde se han hecho más fuertes los derechos de propiedad intelectual, el mercado de semillas se ha concentrado en unas pocas empresas multinacionales y se ha perdido diversidad biológica.
Argentina, a diferencia de otros países, tiene un rico y diverso sector semillero, con una significativa participación de actores domésticos altamente innovadores. Este sector trabaja con un modelo de innovación diferente al propuesto por las grandes multinacionales y está basado en la libre circulación de los materiales genéticos y el conocimiento.
Existen sistemas de propiedad intelectual alternativos que pueden proteger a estos actores domésticos sin perjudicar a otros sectores, como el de agricultores y campesinos.
Las semillas como muchos bienes derivados de las tecnologías de la información y los bienes culturales pueden reproducirse, copiarse y multiplicarse sin mayores dificultades y a bajo costo. En estas industrias, se están permanentemente creando y recreando nuevos modos de captura de la renta para los innovadores que no impiden la libre circulación del conocimiento.
Intentando emular estos modelos, han aparecido algunas iniciativas a nivel global que propician el uso de herramientas de propiedad intelectual para las semillas que les permitan a los innovadores apropiarse de la renta de su innovación, pero que no restringen el libre flujo de materiales y saberes. Un ejemplo de esas iniciativas es la denominada open source en semillas.
Entendemos que es necesario discutir estas alternativas en un debate amplio e informado que involucre a diferentes actores sociales.
La ley de semillas, por su centralidad y su naturaleza eminentemente conflictiva, no admite ser debatida a puertas cerradas. El involucramiento de diferentes actores sociales con múltiples visiones e ideas es la única forma de inteligencia colectiva que puede llevar a un sistema innovador que se adapte a la realidad del país y que supere al actual.
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Petición creada en 15 de agosto de 2016