¡Basta de horarios escolares inestables en Costa Rica!

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The Issue

Soy Monica, mamá y residente en Costa Rica. Como muchas familias en el país, vivo la misma frustración cada semana: mis hijos no tienen un horario escolar fijo. Cambia según el grado, cambia día a día, y a veces las lecciones simplemente se cancelan sin mucho aviso y sin reposición.

 


El problema de fondo es que no hay suficientes maestros y maestras, y en algunos casos, no hay suficientes instalaciones para que todos los grados asistan el mismo horario. Por eso los centros educativos deben repartir a los pocos docentes que tienen entre distintos niveles, y por eso tampoco existe un sistema real de sustitución cuando un maestro se incapacita.

 


Esto no es solo un inconveniente. Es un problema que:

 • Le quita a nuestros hijos e hijas la rutina y la estabilidad que necesitan para aprender y desarrollarse sanos, con confianza y sin ansiedad

 • Hace prácticamente imposible que una madre o un padre solo pueda sostener un trabajo, porque cada hijo entra y sale a una hora distinta, y cuando cancelan clases no hay quién los cuide

 • Afecta más a las familias que no tienen los recursos para pagar tutorías privadas que compensen las clases perdidas, ampliando la brecha entre quienes tienen más y quienes tienen menos

 • Sobrecarga injustamente a los maestros y maestras que sí están presentes, quienes deben absorber grupos adicionales sin ningún reconocimiento por ese esfuerzo extra

 • Se repite semana tras semana, año tras año, erosionando la confianza de las familias en que el sistema educativo público puede garantizar lo más básico

 


Le estamos pidiendo al Ministerio de Educación Pública y al Ministro José Leonardo Sánchez Hernández:

 


 • Un plan real para contratar más personal docente, que es la causa de fondo de este problema

 • Un sistema de sustitución para que ningún grupo se quede sin clases cuando un maestro se ausenta

 • Horarios publicados con anticipación y sin cambios de última hora

 • Reposición obligatoria de las lecciones que se cancelan

 • Condiciones justas para los maestros y maestras que hoy cargan con más de lo que les corresponde

 


Esta petición también se está presentando formalmente ante el Ministerio como un derecho de petición ciudadana, amparado en el artículo 27 de la Constitución Política. Mientras más firmas reunamos, más fuerza tendrá cuando la entreguemos.

Si tus hijos también han vivido esto, si eres maestro o maestra cargando con más de lo que te corresponde, o si crees que la educación pública de Costa Rica merece más estabilidad, te pido que firmes y compartas.

Muchas gracias por su apoyo, juntos podemos hacer los cambios necesarios para el bienestar de las familias y las nuevas generaciones costarricenses! 

 

PETICIÓN OFICIAL:

PETICIÓN CIUDADANA

Por la estabilidad de los horarios y la continuidad educativa en la educación pública costarricense

Señor

José Leonardo Sánchez Hernández

Ministro de Educación Pública

 

Señoras y señores

Consejo Superior de Educación

 

Asunto: Petición ciudadana sobre estabilidad y previsibilidad de los horarios, continuidad de las lecciones, sustitución docente e impacto de estas situaciones en las familias.

 

Quienes suscribimos la presente, madres, padres y personas encargadas de estudiantes, docentes y demás integrantes de las comunidades educativas, designamos a Mónica, mayor, residente permanente en Costa Rica, con DIMEX número ********, para efectos de la presentación, gestión y seguimiento de esta petición.

Al amparo del artículo 27 de la Constitución Política y de la Ley N.° 9097, Ley de Regulación del Derecho de Petición, formulamos la presente gestión con el propósito de solicitar información y valoración institucional sobre determinadas situaciones relacionadas con la estabilidad de los horarios, la continuidad de las lecciones y la sustitución del personal docente, así como solicitar que, dentro del ámbito de las competencias correspondientes, se valoren las medidas que puedan contribuir a una prestación continua, eficiente y razonablemente previsible del servicio educativo público.

I. FUNDAMENTO JURÍDICO Y NATURALEZA DE LA PETICIÓN

El artículo 27 de la Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a dirigir peticiones, individual o colectivamente, ante cualquier funcionario público o entidad oficial y a obtener pronta resolución. Este derecho se encuentra desarrollado por la Ley N.° 9097, que regula la presentación, tramitación y respuesta de las peticiones dirigidas a las autoridades públicas.

La presente gestión comprende solicitudes de distinta naturaleza. Algunas se refieren a información o datos que podrían encontrarse ya disponibles en la Administración; otras solicitan una valoración institucional de situaciones que podrían estar afectando la continuidad y previsibilidad del servicio educativo y, cuando corresponda, la consideración de posibles medidas de mejora.

En consecuencia, cada solicitud deberá tramitarse conforme al régimen jurídico que le resulte aplicable. Cuando alguna materia se encuentre sometida a un procedimiento especial o corresponda a un órgano distinto del que inicialmente reciba la gestión, deberán realizarse las actuaciones de coordinación, remisión o canalización que correspondan conforme al ordenamiento jurídico, informando de ello a las personas peticionarias.

La presente petición reconoce asimismo la distribución constitucional y legal de competencias en materia educativa.

El artículo 81 de la Constitución Política dispone que la dirección general de la enseñanza oficial corresponde a un Consejo Superior. La Ley N.° 1362, Ley de Creación del Consejo Superior de Educación Pública, establece que este órgano tiene a su cargo la orientación y dirección de la enseñanza oficial.

Por su parte, la Ley N.° 3481, Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, establece que el MEP es el órgano del Poder Ejecutivo en el ramo de la educación y tiene a su cargo la administración de los elementos que integran dicho ramo, así como la ejecución de los planes, programas y demás determinaciones emanadas del Consejo Superior de Educación.

Por ello, la presente petición se dirige a ambas instancias sin atribuirles indistintamente las mismas competencias, sino con el propósito de que cada una conozca y atienda aquellas cuestiones que correspondan a su respectivo ámbito de atribuciones y, cuando sea necesario, se produzca la coordinación institucional pertinente.

El planteamiento encuentra además fundamento en el derecho a la educación reconocido por la Constitución Política y desarrollado por la Ley Fundamental de Educación. Los artículos 77 y 78 de la Constitución establecen la organización integral del proceso educativo y la obligatoriedad y gratuidad de la educación pública en los niveles constitucionalmente previstos. La Ley Fundamental de Educación reconoce el derecho de toda persona a la educación y el deber del Estado de procurar ofrecerla en la forma más amplia y adecuada.

A este marco se suma el régimen general de los servicios públicos. El artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública dispone que la actividad de los entes públicos debe sujetarse a los principios fundamentales del servicio público para asegurar su continuidad, eficiencia, adaptación a las necesidades sociales e igualdad en el trato de las personas destinatarias, usuarias o beneficiarias.

La continuidad del servicio no significa que las instituciones deban garantizar que nunca ocurra una ausencia, una modificación de horario o una interrupción puntual. Tales situaciones pueden responder a circunstancias justificadas o imprevistas. Lo jurídicamente relevante para efectos de esta petición es determinar si existen situaciones recurrentes o patrones que puedan afectar de manera significativa la continuidad, previsibilidad y adecuada prestación del servicio educativo, y si los mecanismos institucionales existentes resultan suficientes para atenderlos.

II. SITUACIONES QUE MOTIVAN LA PETICIÓN

Las personas suscribientes han identificado o experimentado, en distintos centros educativos y niveles de la educación pública, situaciones que justifican solicitar información y valoración institucional, entre ellas:

• Modificaciones frecuentes de los horarios de ingreso y salida previamente establecidos o comunicados, particularmente cuando ocurren durante el curso lectivo.
• Cambios en la jornada o en las horas de ingreso y salida comunicados con poca antelación, que dificultan que las familias puedan reorganizar oportunamente sus responsabilidades.
• Horarios con escasa previsibilidad o poca flexibilidad para las necesidades de las familias, especialmente cuando deben ser modificados reiteradamente durante el curso lectivo.
• Suspensión o cancelación de lecciones, en determinados casos de manera reiterada o durante días consecutivos.
• Ausencias docentes para las cuales no siempre se produce una sustitución que permita mantener la continuidad de las lecciones.
• Falta de claridad sobre la recuperación de las horas lectivas que no pudieron impartirse, particularmente cuando las interrupciones se acumulan.
• Diferencias entre centros educativos o regiones en cuanto a la disponibilidad de personal docente y a la capacidad para atender oportunamente las ausencias, en aquellos casos en que tales diferencias existan.
Estas situaciones pueden obedecer a causas diversas, entre ellas nombramientos pendientes, disponibilidad de personal, incapacidades, permisos, movimientos de personal, necesidades particulares de los centros educativos u otras circunstancias administrativas.

No se pretende atribuir de antemano una causa determinada ni establecer, a partir de experiencias particulares, que exista necesariamente un problema de alcance nacional.

Precisamente por ello, se considera pertinente solicitar información que permita determinar la magnitud, frecuencia, causas y distribución de estas situaciones, así como valorar si existen patrones que ameriten medidas de carácter regional o nacional. No obstante, quienes suscribimos consideramos pertinente señalar, a partir de nuestra propia experiencia y de la percepción compartida por numerosas familias, que una causa recurrente y verosímil de estas situaciones es la insuficiencia de personal docente disponible en los centros educativos, lo cual desarrollamos con mayor detalle en el apartado siguiente.

III. LA ESCASEZ DE PERSONAL DOCENTE COMO POSIBLE CAUSA ESTRUCTURAL

Sin perjuicio de que corresponde a la Administración determinar con precisión las causas de las situaciones descritas, quienes suscribimos consideramos importante hacer constar que, en la experiencia reiterada de numerosas familias, buena parte de estas dificultades parece estar asociada a una insuficiencia de personal docente disponible para cubrir todos los niveles y secciones en un horario uniforme.

• Cuando un centro educativo no cuenta con suficientes profesores y profesoras, resulta razonable pensar que debe distribuir al personal disponible entre distintos niveles y secciones, lo cual puede obligar a escalonar los horarios por grado en lugar de que todo el estudiantado reciba lección en un horario uniforme.
• Esta misma limitación de personal podría explicar, al menos en parte, por qué no siempre existe una sustitución disponible cuando un docente se incapacita o se ausenta: si el personal apenas alcanza para cubrir la jornada ordinaria, es previsible que resulte aún más difícil contar con personal adicional para sustituciones.
• Por lo anterior, solicitamos respetuosamente que, al examinar las causas de las situaciones descritas en esta petición, se preste particular atención a la disponibilidad de plazas docentes y a los eventuales déficits de personal, y que, de confirmarse dicha insuficiencia, la respuesta institucional contemple el fortalecimiento de la planilla docente como parte de las medidas a valorar, y no únicamente ajustes administrativos de horario.
IV. CONTINUIDAD Y PREVISIBILIDAD DEL SERVICIO EDUCATIVO

La continuidad del servicio educativo no depende únicamente de la existencia formal de una jornada escolar, sino también de la capacidad institucional para mantener razonablemente las condiciones de prestación previamente comunicadas y responder de manera adecuada cuando estas deban modificarse.

La estabilidad de los horarios constituye, en este sentido, un elemento relevante para la previsibilidad del servicio. Esto adquiere especial importancia cuando las modificaciones son frecuentes, se comunican con poca antelación o se combinan con interrupciones de lecciones y dificultades para cubrir ausencias docentes.

Desde esta perspectiva, resulta pertinente conocer qué mecanismos permiten:

• mantener los horarios establecidos cuando las circunstancias lo permiten;
• responder ante ausencias del personal docente;
• minimizar la interrupción de las lecciones;
• comunicar oportunamente las modificaciones que resulten necesarias;
• y determinar qué procede respecto de las horas lectivas que no pudieron impartirse.
La finalidad de esta petición no es impedir modificaciones justificadas ni desconocer las facultades de los centros educativos para responder a situaciones imprevistas. Se busca determinar si existen mecanismos suficientes de planificación, sustitución, comunicación y contingencia para reducir razonablemente la afectación del proceso educativo.

 

V. DERECHO A LA EDUCACIÓN, DESARROLLO INTEGRAL, EQUIDAD Y CONFIANZA INSTITUCIONAL

Además de su incidencia en la organización del servicio educativo, las situaciones descritas en esta petición pueden tener implicaciones que exceden el ámbito puramente administrativo y que consideramos pertinente poner en conocimiento de las autoridades competentes.

1. Incidencia en el ejercicio sustantivo del derecho a la educación

El artículo 78 de la Constitución Política establece que la educación general básica y la educación diversificada son gratuitas y obligatorias, costeadas por la Nación. Consideramos pertinente señalar que la garantía formal de acceso y matrícula no agota, por sí sola, el contenido de ese derecho: cuando existe una pérdida reiterada y acumulada de horas lectivas, podría verse comprometido el ejercicio sustantivo del derecho a la educación, con independencia de que el acceso formal al sistema se encuentre garantizado. Solicitamos que esta dimensión sea considerada al valorar la relevancia institucional de las situaciones descritas.

2. Posible incidencia en el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes

Sin que ello implique afirmar la existencia de un diagnóstico clínico o técnico que no nos corresponde formular, consideramos pertinente señalar, con base en la experiencia compartida por numerosas familias, que la previsibilidad y la rutina constituyen elementos que suelen asociarse al desarrollo emocional, cognitivo y social de niños, niñas y adolescentes. Desde esta perspectiva, la inconsistencia reiterada en los horarios y la pérdida de días de lección podrían generar dificultades adicionales para la adaptación escolar y los hábitos de estudio de la población estudiantil, particularmente en los niveles iniciales. Solicitamos que, dentro de las evaluaciones institucionales que eventualmente se realicen, se valore esta posible dimensión del impacto, recabando cuando corresponda el criterio de las instancias técnicas competentes en materia de desarrollo infantil y adolescente.

3. Posible ampliación de brechas educativas

Consideramos pertinente señalar que no todas las familias cuentan con la misma capacidad para compensar la pérdida de lecciones mediante apoyo educativo adicional, tutorías privadas u otros recursos equivalentes. En la medida en que ello sea así, la inestabilidad de horarios y la pérdida de lecciones podrían incidir de manera diferenciada entre estudiantes y entre regiones del país, particularmente en zonas rurales o costeras con menor disponibilidad de recursos complementarios. Solicitamos que esta posible dimensión de equidad educativa sea considerada dentro de cualquier valoración o diagnóstico que se realice sobre las situaciones descritas en esta petición.

4. Confianza de las comunidades educativas en la institucionalidad

Finalmente, consideramos pertinente señalar que la incertidumbre reiterada en torno a los horarios y la continuidad de las lecciones puede incidir en la confianza de las familias y las comunidades educativas en la institucionalidad del sistema educativo público. Entendemos que una respuesta institucional que permita conocer las causas de estas situaciones, así como las medidas que se valoren para atenderlas, contribuiría a fortalecer dicha confianza, en beneficio tanto de las comunidades educativas como de la propia institucionalidad.

VI. IMPACTO SOBRE LAS FAMILIAS Y CONDICIONES DIFERENCIADAS DE LOS HOGARES

La estabilidad y previsibilidad de los horarios escolares tienen efectos directos sobre la posibilidad de las familias de organizar las condiciones necesarias para que las personas estudiantes asistan y permanezcan en el sistema educativo.

El horario escolar constituye para muchas familias un elemento alrededor del cual deben coordinarse el trabajo remunerado, el transporte, la alimentación, el cuido y otras responsabilidades familiares.

Sin embargo, la capacidad de cada hogar para adaptarse a cambios imprevistos no es homogénea.

La situación puede resultar especialmente compleja para los hogares monoparentales, en los que una sola persona adulta puede concentrar las responsabilidades económicas, laborales, domésticas y de cuido. Para estas familias, un cambio imprevisto en la hora de ingreso o salida puede generar dificultades que no siempre pueden ser absorbidas mediante una redistribución de responsabilidades entre dos personas adultas. Cuando, además, cada hijo o hija tiene un horario distinto según su grado —como ocurre cuando la falta de personal docente obliga a escalonar los horarios por nivel—, una madre o un padre solo con varios hijos en distintos grados debe coordinar múltiples horarios de entrada y salida en un mismo día, muchas veces incompatibles entre sí y con su propia jornada laboral, sin contar con otra persona adulta con quien repartir esa carga.

También puede producir efectos importantes en familias en las que las personas adultas responsables trabajan, particularmente cuando sus jornadas laborales son rígidas, poco flexibles o sujetas a horarios que no permiten modificar con facilidad las horas de entrada y salida.

A ello se suma que no todas las familias cuentan con redes de apoyo suficientes. Algunas disponen de redes familiares, comunitarias o sociales inexistentes, reducidas, distantes o que no pueden asumir regularmente responsabilidades de cuido. La posibilidad de recurrir a familiares, amistades, vecinos u otras personas de confianza no constituye una condición universal de los hogares.

Tampoco puede suponerse que todas las familias tienen capacidad económica para contratar servicios privados de cuido, transporte u otras alternativas que permitan compensar cambios frecuentes en los horarios escolares.

Estas diferencias son relevantes porque una misma modificación del horario puede tener consecuencias muy distintas dependiendo de las condiciones concretas del hogar. Para un hogar monoparental, con una jornada laboral rígida, sin familiares disponibles y sin recursos para contratar alternativas de cuido, una modificación de horario puede implicar ausentismo laboral, pérdida de ingresos, gastos adicionales, dificultades de transporte o imposibilidad material de reorganizar el cuido con poca antelación. En estos casos, la inestabilidad del horario escolar puede convertirse en un obstáculo real para que la persona jefa de hogar sostenga un empleo estable.

Por ello, la estabilidad y previsibilidad de los horarios no debe analizarse únicamente como una cuestión de organización interna de los centros educativos. También debe considerarse su impacto sobre las distintas condiciones en que las familias hacen posible la asistencia de las personas estudiantes al sistema educativo.

En este sentido, resulta pertinente que cualquier evaluación institucional considere los efectos diferenciados que pueden producir las modificaciones de horario y las interrupciones de lecciones, especialmente sobre hogares monoparentales, familias con jornadas laborales poco flexibles, hogares con redes de apoyo limitadas y familias que carecen de recursos para acceder a alternativas privadas de cuido o transporte.

VII. CONDICIONES LABORALES DEL PERSONAL DOCENTE PRESENTE

Quienes suscribimos consideramos pertinente señalar que, en la medida en que la insuficiencia de personal docente obligue a los centros educativos a operar con una planilla reducida, es razonable prever que el personal docente que sí se encuentra presente deba asumir cargas adicionales: grupos más numerosos, cobertura de secciones distintas a las propias, o reorganización improvisada de su planificación para compensar ausencias no cubiertas.

• Solicitamos que, al valorar las situaciones descritas en esta petición, se considere también la carga de trabajo que recae sobre el personal docente presente cuando debe absorber las consecuencias de una planilla insuficiente, y que se examine si existen mecanismos institucionales de reconocimiento o alivio de dicha carga.
• Entendemos que una solución estructural a la inestabilidad de horarios —a través del fortalecimiento de la planilla docente y de mecanismos efectivos de sustitución— beneficiaría no solo a las familias estudiantiles, sino también a las condiciones laborales del personal docente.
VIII. RELEVANCIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO

Las situaciones descritas justifican examinar si los mecanismos institucionales existentes permiten atender adecuadamente las contingencias que afectan la organización ordinaria del servicio educativo.

En particular, resulta relevante determinar:

• si las necesidades de personal docente pueden identificarse oportunamente;
• si existen mecanismos suficientes para cubrir ausencias temporales o prolongadas;
• si se presentan diferencias territoriales significativas en la disponibilidad de personal;
• cómo se registran las lecciones no impartidas;
• qué criterios se utilizan para determinar las medidas que correspondan respecto de esas lecciones;
• cómo se comunica a las familias la modificación de horarios;
• y si existen mecanismos que permitan identificar cuándo situaciones inicialmente particulares pueden reflejar problemas de mayor alcance.
La finalidad de esta valoración no es atribuir responsabilidad individual a docentes, direcciones o centros educativos. Por el contrario, se pretende examinar las condiciones institucionales y sistémicas que inciden en la continuidad del servicio, de manera que las respuestas puedan dirigirse a las causas que correspondan.

La información obtenida también permitiría determinar si las situaciones descritas requieren únicamente respuestas particulares o si, por su frecuencia o distribución, justifican medidas de alcance regional o nacional.

 

IX. SOLICITUDES

Con fundamento en lo expuesto, solicitamos respetuosamente al Ministerio de Educación Pública y al Consejo Superior de Educación, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, lo siguiente:

1. Sobre los horarios y su modificación

Informar cuáles son las disposiciones, lineamientos, criterios o mecanismos institucionales vigentes para la elaboración, modificación y comunicación de los horarios de los centros educativos públicos.

Asimismo, informar qué criterios o mecanismos existen para procurar que las modificaciones de horario sean comunicadas a las personas estudiantes y sus familias con la mayor antelación razonablemente posible, particularmente cuando afectan las horas de ingreso o salida.

2. Sobre disponibilidad de personal docente

Informar qué mecanismos utiliza el Ministerio de Educación Pública para identificar y atender necesidades de personal docente que puedan incidir en la continuidad de las lecciones.

En particular, informar si existen registros, indicadores o análisis relacionados con puestos vacantes, ausencias prolongadas, dificultades de nombramiento y otras circunstancias que puedan afectar la disponibilidad de personal docente.

Cuando exista información institucional disponible, indicar si se han identificado diferencias relevantes entre regiones, modalidades o centros educativos, e informar si se contempla algún plan de fortalecimiento de la planilla docente dirigido a permitir horarios uniformes por centro educativo o por ciclo.

3. Sobre mecanismos de sustitución docente

Informar cuáles son los mecanismos actualmente disponibles para atender las ausencias temporales o prolongadas del personal docente y cómo se procura, mediante dichos mecanismos, mantener la continuidad de las lecciones.

Asimismo, informar qué medidas se contemplan cuando no resulta posible efectuar una sustitución inmediata.

4. Sobre lecciones no impartidas

Informar si existen mecanismos institucionales para registrar, cuantificar o dar seguimiento a las lecciones que no pudieron impartirse debido a ausencias docentes, modificaciones de jornada u otras circunstancias relacionadas con la organización del servicio.

En caso afirmativo, informar qué criterios se utilizan para determinar las medidas que correspondan respecto de las horas lectivas no impartidas, incluida, cuando resulte procedente, su recuperación obligatoria dentro de un plazo definido.

5. Sobre información y registros institucionales

Informar qué sistemas, registros o instrumentos permiten conocer la frecuencia y las causas de modificaciones de horario, suspensión de lecciones, ausencias docentes y sustituciones en los centros educativos públicos.

Asimismo, indicar qué información agregada se encuentra disponible para consulta de las comunidades educativas y cuáles son los canales institucionales existentes para comunicar situaciones reiteradas relacionadas con la continuidad del servicio.

6. Sobre estudios, evaluaciones o diagnóstico nacional

Informar si el Ministerio de Educación Pública o el Consejo Superior de Educación cuentan actualmente con estudios, evaluaciones, estadísticas, diagnósticos o informes de alcance nacional relacionados con:

• estabilidad y modificación de los horarios escolares;
• suspensión o pérdida de lecciones;
• disponibilidad y sustitución de personal docente;
• diferencias territoriales en la continuidad del servicio educativo; y
• impacto de estas situaciones sobre las familias y las comunidades educativas.
En caso de existir información de esta naturaleza, solicitamos indicar cuáles son sus principales resultados y facilitar su acceso en los términos legalmente correspondientes.

Si no existe un diagnóstico integral que permita conocer la magnitud y distribución de estas situaciones, solicitamos que se valore la realización de una evaluación o diagnóstico nacional que permita determinar su frecuencia, principales causas, diferencias territoriales, efectos sobre las comunidades educativas y posibles áreas de mejora.

Cuando de dicha valoración se desprenda que alguna actuación corresponde al ámbito de competencias del Consejo Superior de Educación, solicitamos que se realicen las actuaciones de coordinación o remisión que jurídicamente correspondan.

7. Sobre mecanismos de seguimiento y atención

Informar cuáles son los canales institucionales disponibles para que estudiantes, madres, padres y personas encargadas puedan comunicar situaciones reiteradas que afecten la continuidad de las lecciones y conocer el trámite o seguimiento dado a dichas gestiones.

Asimismo, valorar si los mecanismos existentes permiten identificar situaciones que, aunque inicialmente se presenten como casos particulares, puedan revelar problemas de carácter regional o nacional.

8. Sobre el impacto diferenciado en las familias

Solicitamos que, dentro de las evaluaciones o medidas que eventualmente se adopten, se considere expresamente el impacto que la inestabilidad de horarios y la interrupción de lecciones pueden generar sobre las distintas condiciones familiares.

En particular, solicitamos considerar las condiciones de:

• hogares monoparentales;
• familias en las que las personas responsables tienen jornadas laborales rígidas o poco flexibles;
• hogares en los que las personas adultas responsables trabajan y no pueden modificar fácilmente sus horarios;
• familias con redes familiares, comunitarias o sociales inexistentes, reducidas o insuficientes;
• hogares que no cuentan con recursos para contratar servicios privados de cuido o transporte; y
• familias que enfrentan mayores dificultades económicas o territoriales para reorganizarse ante cambios imprevistos.
Asimismo, solicitamos valorar la pertinencia de medidas de comunicación, planificación y contingencia que permitan reducir razonablemente estos impactos cuando se produzcan modificaciones o interrupciones del servicio educativo.

9. Sobre el fortalecimiento de la planilla docente y las condiciones laborales del personal

Solicitamos que, en caso de confirmarse una insuficiencia de personal docente como causa de las situaciones descritas, se valore explícitamente el fortalecimiento de la planilla docente —y no únicamente ajustes administrativos de horario— como parte de las medidas correctivas a adoptar.

Asimismo, solicitamos que se valore el impacto de la actual insuficiencia de personal sobre las condiciones laborales del personal docente presente, y si existen o podrían implementarse mecanismos de reconocimiento o alivio de la carga adicional que recae sobre dicho personal.

10. Sobre el ejercicio del derecho a la educación, el desarrollo integral, la equidad educativa y la confianza institucional

Solicitamos que, dentro de las evaluaciones o diagnósticos que eventualmente se realicen conforme a lo solicitado en los apartados anteriores, se incorporen expresamente las siguientes dimensiones:

• El posible impacto de la pérdida reiterada y acumulada de horas lectivas sobre el ejercicio sustantivo del derecho a la educación reconocido en el artículo 78 de la Constitución Política, más allá de la garantía formal de acceso y matrícula.
• El posible impacto de la inconsistencia de horarios y la pérdida de días de lección sobre el desarrollo emocional, cognitivo y social de niños, niñas y adolescentes, recabando cuando corresponda el criterio de las instancias técnicas competentes en materia de desarrollo infantil y adolescente.
• La posible ampliación de brechas educativas entre estudiantes y entre regiones del país derivada de las diferencias en la capacidad de las familias para compensar lecciones perdidas mediante recursos privados, particularmente en zonas rurales o costeras.
• El posible efecto de estas situaciones sobre la confianza de las familias y las comunidades educativas en la institucionalidad del sistema educativo público, y la contribución que una respuesta institucional clara y oportuna podría representar para fortalecer dicha confianza.
X. PETICIÓN FINAL

La presente gestión tiene como finalidad contribuir a identificar y comprender situaciones que puedan estar afectando la continuidad, estabilidad y previsibilidad del servicio educativo público, así como procurar que las autoridades competentes dispongan de información suficiente para determinar sus causas y valorar las medidas que correspondan.

No se pretende desconocer las circunstancias que pueden hacer necesaria una modificación temporal de los horarios, una ausencia docente o la interrupción puntual de una lección. El objeto de esta petición es que, cuando este tipo de situaciones se presente de manera recurrente, genere efectos acumulativos o produzca dificultades significativas para las comunidades educativas, pueda ser identificado institucionalmente y valorado desde una perspectiva integral.

En particular, se solicita que dicha valoración tome en cuenta que las familias no cuentan con iguales condiciones para absorber cambios imprevistos. Las situaciones que afectan la estabilidad de los horarios pueden generar cargas considerablemente mayores para los hogares monoparentales, las familias con jornadas laborales rígidas o poco flexibles, aquellas que carecen de redes de apoyo suficientes y las que no cuentan con recursos económicos para recurrir a alternativas privadas de cuido o transporte.

Por ello, la continuidad y previsibilidad del servicio educativo debe ser analizada no solamente desde la organización interna de los centros educativos, sino también considerando las condiciones reales en que las familias hacen posible la asistencia y permanencia de las personas estudiantes en el sistema educativo, así como las condiciones en que labora el personal docente que sostiene ese servicio.

Asimismo, solicitamos que la valoración institucional considere que estas situaciones pueden trascender lo administrativo y proyectarse sobre el ejercicio sustantivo del derecho a la educación, el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, la equidad educativa entre estudiantes y regiones, y la confianza de las comunidades educativas en la institucionalidad del sistema educativo público, dimensiones que consideramos relevantes para una comprensión integral del asunto planteado.

Finalmente, solicitamos que las distintas cuestiones planteadas sean atendidas por la instancia competente, mediante las actuaciones de coordinación o remisión que correspondan, y que la respuesta sea integral, congruente con las solicitudes formuladas y debidamente fundamentada conforme al régimen jurídico aplicable. Para tales efectos, recordamos respetuosamente que la presente gestión se rige bajo los plazos de resolución e información establecidos en la Ley N.° 9097.

Agradecemos la atención prestada a esta petición y la disposición institucional para valorar una situación que incide tanto en la continuidad del proceso educativo como en las condiciones concretas en que las familias pueden garantizar la asistencia y permanencia de las personas estudiantes en el sistema educativo público.

MEDIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES

Para los efectos de esta gestión, así como para recibir la formal respuesta a la presente petición y cualquier otra comunicación institucional relacionada a nombre de todas las personas peticionarias, señalamos como medio principal el siguiente correo electrónico: ____________________________________

Formulamos la presente, en ____________________, Costa Rica, el día ______, del mes ______________, del año ________.

Atentamente,

Mónica *******

Residente Permanente en Costa Rica

DIMEX N.° *********

Firmas de respaldo de madres, padres, encargados y miembros de la comunidad educativa:

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Nombre completo
N.° documento de identificación
Comunidad / Provincia
Firma
 
 
 
 

 

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