Actualización de la peticiónDerecho a las mascotas a acompañar a sus dueños en espacios públicos y privados.Necesitamos más firmas para cambiar la legislación en beneficio de las mascotas.

ELISABET NATIVIDAD GUTIERREZ ALCALAGUADIX, España
5 oct 2017
Gracias de parte de CUQUI por las últimas firmas
Artículo 26º de la ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCION Y TENENCIA DE ANIMALES DE COMPAÑIA
Aprobada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión de fecha 6 de marzo de 1.996.
Publicada en el BORM nº 102, de fecha 4 de mayo de 1.996.
1.- Queda autorizado el acceso de animales de compañía a los vehículos de transporte colectivo, siempre que permanezcan sujetos a la persona que los acompañe. Los perros deberán llevar bozal.
2.- Queda a criterio de la autoridad competente la posibilidad de prohibir el acceso de animales de compañía a los transportes colectivos durante las horas de máxima concurrencia.
3.- Los conductores de taxis podrán aceptar animales de compañía de manera discrecional, con el derecho a percibir el correspondiente suplemento debidamente autorizado.
4.- El apartado 2 y 3 no será de aplicación en los casos de disminuidos físicos y sensoriales y personas con necesidades físicas y psíquicas especiales.
No es suficiente.
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