MARIA DEL CARMEN PEREZ VILCHISTlalpan, Mexico
19 Sept 2013
existen también otras graves situaciones relacionadas con la internación de las
personas con discapacidad en hospitales y otros centros de atención psiquiátrica que derivado de las
amplias limitaciones a la capacidad jurídica de ejercicio de las personas con discapacidad, fueron
detectadas y rechazadas vehementemente por diversas organizaciones de la sociedad civil desde
mucho tiempo antes de que la capacidad jurídica fuera un derecho reconocido y vinculante en México
En este contexto, la CDPD reconoce la plena capacidad jurídica de todas las personas con
discapacidad, en los siguientes términos:
ARTICULO 12. IGUAL RECONOCIMIENTO COMO PERSONA ANTE LA LEY.
1. Los Estados Partes reafirman que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al
reconocimiento de su personalidad jurídica.
2. Los Estados Partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad
de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida.
LAURA ALEXA EN ESPERA!
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