Opositores recurso C-A contra convocatoria/s estabilización (cuestión prejudicial TJUE)
Opositores recurso C-A contra convocatoria/s estabilización (cuestión prejudicial TJUE)
El problema
Enlace grupo Telegram al final
Con la Ley 20/2021 y recientemente el RDL 5/2023 se estarían vulnerando Derechos Fundamentales, produciéndose injustificadamente una desigualdad de trato, discriminación y agravio comparativo entre los beneficiarios (personal temporal de más de 3 años) y el resto de ciudadanos.
Se han habilitado procesos selectivos de estabilización mediante el sistema de concurso (temporal + 5 años) y concurso-oposición con fase de oposición no eliminatoria (temporal entre 3 y 5 años) que prácticamente suponen la conversión automática en personal fijo, como así reflejan los datos del personal temporal estabilizado en diferentes AA.PP.
No hay razones objetivas para esta diferencia de trato, máxime cuando la situación de elevada tasa de temporalidad ha sido originada por la propia Administración mediante decisiones arbitrarias. Ni de la Directiva 1999/70/CE ni de la doctrina del TJUE se desprende que deba reconocerse la fijeza directa o automática o que estos procesos deban ser tan ventajosos para el personal temporal en abuso de temporalidad.
Por lo expuesto en los párrafos precedentes, animo a aquellos opositores -en especial nuevos e interinos de corta duración- que estén interesados en recurrir una o dos convocatorias de estabilización con la intención de que, en primera instancia, el Juez o Tribunal plantee una cuestión prejudicial al TJUE, así como una cuestión de inconstitucionalidad al TC, por la vulneración de derechos fundamentales protegidos tanto en nuestra CE como en el Derecho Europeo.
En este momento hay varias cuestiones prejudiciales pendientes de resolución por parte del TJUE: del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Barcelona, de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid y de la Sala de lo Social del TSJ de Galicia, en este último caso se ha elevado hace apenas un mes. Todas ellas a instancia de la parte letrada que representa al personal temporal.
Sin embargo, la cuestión prejudicial que se solicitaría al Juez o Tribunal en el recurso contendría un planteamiento diferente, entrando en el fondo de diversas cuestiones para que sean examinadas por el TJUE.
He creado un grupo privado de Telegram con la finalidad de incluir a los opositores que estén realmente interesados en esta iniciativa. Cuantos más seamos mejor, de ese modo podrá suponer una aportación individual asequible. Estoy contactando y solicitando presupuesto a varios despachos y abogados particulares especializados en derecho administrativo y función pública.
La Asociación DTL ha presentado recursos contra 7 procesos de estabilización de diferentes Administraciones y que afectan a unas 68.000 plazas. Sin embargo, esta estrategia judicial que se plantea iría en gran medida enfocada hacia la justicia europea.
Por favor, quienes estén interesados que pulsen en el siguiente enlace de Telegram para añadirlos al grupo ⬇️
Petición cerrada
El problema
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Con la Ley 20/2021 y recientemente el RDL 5/2023 se estarían vulnerando Derechos Fundamentales, produciéndose injustificadamente una desigualdad de trato, discriminación y agravio comparativo entre los beneficiarios (personal temporal de más de 3 años) y el resto de ciudadanos.
Se han habilitado procesos selectivos de estabilización mediante el sistema de concurso (temporal + 5 años) y concurso-oposición con fase de oposición no eliminatoria (temporal entre 3 y 5 años) que prácticamente suponen la conversión automática en personal fijo, como así reflejan los datos del personal temporal estabilizado en diferentes AA.PP.
No hay razones objetivas para esta diferencia de trato, máxime cuando la situación de elevada tasa de temporalidad ha sido originada por la propia Administración mediante decisiones arbitrarias. Ni de la Directiva 1999/70/CE ni de la doctrina del TJUE se desprende que deba reconocerse la fijeza directa o automática o que estos procesos deban ser tan ventajosos para el personal temporal en abuso de temporalidad.
Por lo expuesto en los párrafos precedentes, animo a aquellos opositores -en especial nuevos e interinos de corta duración- que estén interesados en recurrir una o dos convocatorias de estabilización con la intención de que, en primera instancia, el Juez o Tribunal plantee una cuestión prejudicial al TJUE, así como una cuestión de inconstitucionalidad al TC, por la vulneración de derechos fundamentales protegidos tanto en nuestra CE como en el Derecho Europeo.
En este momento hay varias cuestiones prejudiciales pendientes de resolución por parte del TJUE: del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Barcelona, de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid y de la Sala de lo Social del TSJ de Galicia, en este último caso se ha elevado hace apenas un mes. Todas ellas a instancia de la parte letrada que representa al personal temporal.
Sin embargo, la cuestión prejudicial que se solicitaría al Juez o Tribunal en el recurso contendría un planteamiento diferente, entrando en el fondo de diversas cuestiones para que sean examinadas por el TJUE.
He creado un grupo privado de Telegram con la finalidad de incluir a los opositores que estén realmente interesados en esta iniciativa. Cuantos más seamos mejor, de ese modo podrá suponer una aportación individual asequible. Estoy contactando y solicitando presupuesto a varios despachos y abogados particulares especializados en derecho administrativo y función pública.
La Asociación DTL ha presentado recursos contra 7 procesos de estabilización de diferentes Administraciones y que afectan a unas 68.000 plazas. Sin embargo, esta estrategia judicial que se plantea iría en gran medida enfocada hacia la justicia europea.
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Petición creada en 22 de julio de 2023