Fin a las listas negras, desalojos violentos e impunidad en pensiones irregulares Córdoba

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La causa

Destinatarios principales
Presidente de la Nación Argentina: Javier Gerardo Milei 
Gobernador de la Provincia de Córdoba: Martín Miguel Llaryora
Intendente de la Ciudad de Córdoba: Daniel Alejandro Passerini
Senadores Nacionales por la Provincia de Córdoba: 

Luis Alfredo Juez
Carmen Silvia Álvarez Rivero 
Alejandra María Vigo 
Diputados Nacionales por la Provincia de Córdoba: Gabriel Bornoroni, Juan Schiaretti, Rodrigo de Loredo, Natalia de la Sota, Laura Rodríguez Machado, María Celeste Ponce, Pablo Carro, Soledad Carrizo, Gabriela Brouwer de Koning, Oscar Agost Carreño, Juan Fernando Brügge, Belén Avico, Luis Picat, Marcos Patiño Brizuela, Gonzalo Roca, Laura Soldano, Enrique Lluch y demás representantes provinciales en la H. Cámara de Diputados de la Nación. 

Título de la petición
Fin a las listas negras, desalojos violentos e impunidad en pensiones irregulares de Córdoba: Reforma penal y control urgente.

 

A los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Nación, autoridades de la Provincia y Municipio de Córdoba, y a los representantes en el Congreso Nacional:

El derecho a la vivienda y la seguridad individual son garantías fundamentales consagradas en la Constitución Nacional. Sin embargo, en la ciudad de Córdoba persiste un sistema informal de residencias, hostels y pensiones no habilitadas que operan al margen de la ley, ejerciendo violencia física, psicológica y abusos sistemáticos contra inquilinos y huéspedes en situación de vulnerabilidad.

Por medio de esta petición, los ciudadanos firmantes exigimos la adopción urgente de las siguientes medidas legislativas, judiciales y administrativas:

1. Investigación penal de oficio a pensiones e inquilinatos irregulares:
Exigimos que el Ministerio Público Fiscal de Córdoba instruya a fiscalías de turno para investigar de oficio y clausurar inmediatamente los inmuebles y pensiones clandestinas que se promocionan e intervienen en redes sociales (como Facebook), incluyendo las administradas o gestionadas por operadores informales denunciados por alojar personas sin condiciones básicas de habitabilidad y ejecutar cobros abusivos o expulsiones al margen de la ley.

2. Sanción penal severa y clausura por "Listas Negras" y filtración de datos sensibles:
Solicitamos a los Senadores y Diputados Nacionales la reforma e intensificación de las penas establecidas en la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326) y el Código Penal. Exigimos:

Que se tipifique como delito penal la creación, administración o participación en grupos de WhatsApp, redes sociales o cualquier medio telemático donde se difundan "listas negras", fotografías de DNI/documentos de identidad y fichas personales de inquilinos.
Clausura definitiva e inhabilitación comercial inmediata para hostels, hoteles, residencias y pensiones que utilicen o promuevan estos registros ilegales.
3. Prisión preventiva sin excarcelación para desalojos violentos sin orden judicial:
Ningún propietario o encargado tiene la facultad de ejercer la justicia por mano propia. Exigimos modificar de forma urgente el Código Penal, o las leyes de la ciudad de Córdoba y la provincia de Córdoba para establecer penas de prisión efectiva sin beneficio de excarcelación a quien, mediante fuerza bruta, violencia física, psicológica, amenazas, corte de servicios esenciales o cambio de cerradura, ejecute o intente ejecutar un desalojo sin una orden judicial previa y por escrito emitida por un juez competente.

4. Reconocimiento pleno del "Uso y Goce Pacífico" y protección del domicilio
Invocando el Código Civil y Comercial y el Art. 18 de la Constitución Nacional, exigimos reafirmar legalmente que:

Cuando existió consentimiento (demostrable por contrato escrito o por acuerdos verbales/tácitos acreditados mediante transferencias o chats de WhatsApp), el propietario cede el uso y goce pacífico del espacio al inquilino.
El espacio arrendado constituye la propiedad privada del uso y goce del inquilino y su domicilio protegido. La irrupción por la fuerza del propietario configura Violación de Domicilio (Art. 150 CP) y Turbación de la Posesión / Usurpación (Art. 181 CP).
Se fije por ley un plazo mínimo legal obligatorio de preaviso en todo tipo de hospedaje o alquiler para que la persona pueda buscar otro lugar donde vivir con tranquilidad y dignidad.
5. Protocolo de formación y sanciones severas para las Fuerzas Policiales
Exigimos al Ministerio de Seguridad y a la Policía de Córdoba:

Capacitación e instrucción obligatoria a la fuerza policial sobre el delito de Turbación de la Posesión y los límites de la intervención policial. La policía no puede actuar como brazo ejecutor de desalojos a pedido de propietarios sin orden judicial firme.
Sanción penal directa (por Abuso de Autoridad y Violación de Deberes de Funcionario Público, Art. 248 CP) y cesantía inmediata para aquellos efectivos policiales que colaboren o amedrenten a inquilinos para que abandonen un inmueble sin mandamiento judicial.
¡La vivienda no es un terreno para la impunidad ni la violencia! Firmá y compartí para exigir leyes estrictas y control real!!

Actualizaciones de la petición