Exigir al Congreso modificar la Ley de maltrato animal

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La causa

​Por la memoria de Negrita y la protección de todos los animales: Necesitamos la Reforma Integral de la Ley Nacional N° 14.346. La legislación que protege a los animales en la Argentina fue promulgada en 1954. Tras más de 70 años, sus penas de 15 días a 1 año de prisión han quedado absolutamente obsoletas. En la práctica, esto significa que la crueldad animal se ha convertido en un delito sistemáticamente excarcelable, garantizando una impunidad de hecho que indigna a toda la sociedad. ​El trágico caso de "Negrita" —una perrita de 13 años brutalmente agredida en Villa Chartas, provincia de Salta en octubre de 2026— volvió a exponer esta falla estructural del sistema. Ocurridos a la vista de niños y jóvenes que salían de la escuela, hechos de esta naturaleza no solo lesionan de gravedad a seres sintientes, sino que quebrantan la paz social, exponen a menores a severos traumas psicosociales y demuestran la urgente necesidad de contar con herramientas de contención e intervención judicial inmediata.

​La ciencia, la neurociencia (Declaración de Cambridge de 2012) y la criminología moderna han demostrado que los animales son seres sintientes y que la crueldad hacia ellos es un indicador claro de violencia y peligrosidad social. El derecho no puede seguir considerando a los animales como "cosas" ni tolerar que la violencia quede sin sanción de cumplimiento efectivo.​ Por eso impulsamos el Proyecto de Ley "NEGRITA", una reforma técnica e integral que propone: 

Penas de cumplimiento efectivo: Prisión de 2 a 6 años para actos de crueldad y de 1 a 4 años para maltrato, evitando la excarcelación automática en casos de gravedad. ​Medidas cautelares obligatorias en 24 horas: Mandato judicial perentorio para ordenar el allanamiento, rescate e incautación inmediata del animal en riesgo.

​Tipificación de la negligencia grave y culpa: Sanciones para el maltrato por imprudencia o impericia severa.

​Responsabilidad ante inimputabilidad: Medidas de seguridad tutelares, tratamiento psiquiátrico obligatorio y prohibición de tenencia en casos comprendidos en el art. 34 inc. 1º del Código Penal.

​Sanciones a la desidia funcional: Multa e inhabilitación a agentes policiales o personal del 911 que omitan o se nieguen a tomar denuncias de maltrato animal en curso.

​Reembolso obligatorio de gastos: El agresor estará obligado a pagar todos los costos de rescate, atención veterinaria y rehabilitación a favor de proteccionistas y ONG.

​Sanción a criaderos clandestinos, zoofilia, atadura permanente y sacrificios rituales.

​La ciudadanía no puede quedar atrapada entre la impunidad estatal y el riesgo de la justicia por mano propia. La protección animal debe ser una prioridad real en la agenda legislativa de la Nación.

​Firmá esta petición para exigir al Congreso de la Nación Argentina el tratamiento urgente y la aprobación del Proyecto de Ley "NEGRITA". ¡Hagamos escuchar la voz de los que no tienen voz!

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Héctor Tomás GiménezCreador de la peticiónAbogado (UBA) matriculado en el T° 29 y F° 441 del C.A.LZ y T° 149 F° 280 del C.P.A.C.F

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