El Gobierno presentó un proyecto "superador" para Discapacidad, pero no es EXACTO
El Gobierno presentó un proyecto "superador" para Discapacidad, pero no es EXACTO
La causa
Para que el proyecto en discapacidad del gobierno sea REALMENTE superador le hace falta
que el texto diga lo que el proyecto promete.
“Fechas ciertas”, “previsibilidad” y “no regresividad” : que lo escriban en la ley.
Por esto, elaboramos un documento para hacer conocer los cambios y sugerencias al proyecto de ley, entre otros, destacamos los siguientes:
- Que la Ley 27.793 no sea derogada antes de tiempo ni en su totalidad. (art. 17).
- Que cobrar la compensación no implique renunciar a reclamar diferencias. (art. 15).
- Que la cobertura de salud tenga un piso legal, el de las prestaciones de la Ley 24.901. (art. 10).
- Que el valor a fijar desde 2025 tenga un piso. (art. 15 bis -nuevo-).
- Que los requisitos de la pensión los fije la ley y no la reglamentación. (arts. 5 y 6).
- Piso de contenido para el crédito presupuestario (art. 7°).
- Plazos ciertos de pago (art. 15).
- Garantías en las auditorías (art. 13).
- Declaración de interés público permanente de los servicios de los prestadores (art. 4°).
El documento completo en la página del Foro.
📣 Cuando Diputados sesione, vamos a estar en el Congreso.

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La causa
Para que el proyecto en discapacidad del gobierno sea REALMENTE superador le hace falta
que el texto diga lo que el proyecto promete.
“Fechas ciertas”, “previsibilidad” y “no regresividad” : que lo escriban en la ley.
Por esto, elaboramos un documento para hacer conocer los cambios y sugerencias al proyecto de ley, entre otros, destacamos los siguientes:
- Que la Ley 27.793 no sea derogada antes de tiempo ni en su totalidad. (art. 17).
- Que cobrar la compensación no implique renunciar a reclamar diferencias. (art. 15).
- Que la cobertura de salud tenga un piso legal, el de las prestaciones de la Ley 24.901. (art. 10).
- Que el valor a fijar desde 2025 tenga un piso. (art. 15 bis -nuevo-).
- Que los requisitos de la pensión los fije la ley y no la reglamentación. (arts. 5 y 6).
- Piso de contenido para el crédito presupuestario (art. 7°).
- Plazos ciertos de pago (art. 15).
- Garantías en las auditorías (art. 13).
- Declaración de interés público permanente de los servicios de los prestadores (art. 4°).
El documento completo en la página del Foro.
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Petición creada en 30 de septiembre de 2026