Plataforma Militantes En Pie Tenerife
5 ago 2017
El derecho a impugnar los acuerdos adoptados por los órganos del partido que estimen contrarios a la Ley o a los presentes estatutos, a través de los procedimientos que se regulen estatutariamente o reglamentariamente y, en todo caso, agotados estos, ante los Juzgados y Tribunales competentes.
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