Que se investigue al Concello de O Porriño por sus videocámaras

El problema

Según la legislación vigente, para que un Ayuntamiento instale cámaras de videovigilancia en la vía pública tiene que obtener autorización de la Delegación del Gobierno antes de instalar los dispositivos. Además, tiene que registrar ante la Agencia Española de Protección de Datos el archivo donde guardará las grabaciones y informar a los ciudadanos mediante señales visibles de que están siendo grabados.

El 4 de Mayo se publicó en los medios de comunicación que el Ayuntamiento de O Porriño informó "que han colocado cámaras en diversos lugares públicos en los que se acumulaba basura de manera incontrolada, como en una zona situada bajo los puentes de la A-55 y de la AP-9 a la altura de Torneiros" http://www.lavozdegalicia.es/noticia/vigo/2012/05/04/porrino-coloca-camaras-vigilancia-evitar-vertederos/00031336147451820415229.htm

No consta que la Delegación del Gobierno autorizara la grabación de la vía Pública por parte del Concello ni que existan carteles de zona videovigilada. Ademas, y como infracción más flagrante y objetiva, no hay registro de grabación inscrito en la base de datos de la AGPD https://www.agpd.es/portalwebAGPD/ficheros_inscritos/titularidad_publica/busqueda_general/resultado_busqueda_publica-ides-idphp.php?tipo_admin=ADMON.+Y++ORGANISMOS+P%DABLICOS+DE+ENTIDADES+LOCALES&encuadramiento=&NIF=&nombre_doarc=&calle_plaza=&localidad=&cod_postal=&provincia=&nombre_fich=&finalidad_usos=&diario_fiscal=&numero_boletin=&fecha_public=&texto_libre=porri%F1o&buscar=%3E%3E+Buscar

Teniendo en cuenta la escasa o nula efectividad de la videovigilancia, las implicaciones en el derecho a la intimidad y la proliferación acelerada y descontrolada de estos dispositivos, que en muchas ocasiones se instalan sin las garantías mínimas legales, solicito que a la mayor urgencia se abra expediente para aclarar la situación de los mismo y, non caso de que corresponda, girar los correspondientes expedientes sancionadores.

 

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El problema

Según la legislación vigente, para que un Ayuntamiento instale cámaras de videovigilancia en la vía pública tiene que obtener autorización de la Delegación del Gobierno antes de instalar los dispositivos. Además, tiene que registrar ante la Agencia Española de Protección de Datos el archivo donde guardará las grabaciones y informar a los ciudadanos mediante señales visibles de que están siendo grabados.

El 4 de Mayo se publicó en los medios de comunicación que el Ayuntamiento de O Porriño informó "que han colocado cámaras en diversos lugares públicos en los que se acumulaba basura de manera incontrolada, como en una zona situada bajo los puentes de la A-55 y de la AP-9 a la altura de Torneiros" http://www.lavozdegalicia.es/noticia/vigo/2012/05/04/porrino-coloca-camaras-vigilancia-evitar-vertederos/00031336147451820415229.htm

No consta que la Delegación del Gobierno autorizara la grabación de la vía Pública por parte del Concello ni que existan carteles de zona videovigilada. Ademas, y como infracción más flagrante y objetiva, no hay registro de grabación inscrito en la base de datos de la AGPD https://www.agpd.es/portalwebAGPD/ficheros_inscritos/titularidad_publica/busqueda_general/resultado_busqueda_publica-ides-idphp.php?tipo_admin=ADMON.+Y++ORGANISMOS+P%DABLICOS+DE+ENTIDADES+LOCALES&encuadramiento=&NIF=&nombre_doarc=&calle_plaza=&localidad=&cod_postal=&provincia=&nombre_fich=&finalidad_usos=&diario_fiscal=&numero_boletin=&fecha_public=&texto_libre=porri%F1o&buscar=%3E%3E+Buscar

Teniendo en cuenta la escasa o nula efectividad de la videovigilancia, las implicaciones en el derecho a la intimidad y la proliferación acelerada y descontrolada de estos dispositivos, que en muchas ocasiones se instalan sin las garantías mínimas legales, solicito que a la mayor urgencia se abra expediente para aclarar la situación de los mismo y, non caso de que corresponda, girar los correspondientes expedientes sancionadores.

 

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Petición creada en 18 de mayo de 2012