Queja común al Defensor del Pueblo por la mala gestión de las ayudas al alquiler

Queja común al Defensor del Pueblo por la mala gestión de las ayudas al alquiler

El problema

Nos consideramos afectados , a pesar de que se nos ha concedido esta subvención , ya que desde su inicio en el año 2008 , han sido constantes , públicos y conocidos los retrasos , los problemas , la lamentable gestión , en definitiva , afectados por una subvención que nunca llega y en la que nadie parece hacer nada para solucionarlo. Tanto el Defensor del Pueblo de España como los distintos Defensores del Pueblo en las Autonomías que lo tienen , es conocedor de esta situación desde su principio , no sólo por las quejas de los solicitantes sino por sus propias declaraciones e informes donde la RBE ha sido desde entonces uno de los motivos de queja mas numerosos recibidos por su institución. Recordamos que la ley que regula estas ayudas , en su desarollo establece que son dos meses los establecidos para empezar a recibir la subvención desde su solictiud . La realidad sin embargo , nos demuestra que nadie está recibiendo el dinero en ese plazo y no son pocos quienes llevan esperando mas de un año en recibir algo de lo prometido. Esta situación es especialmente perjudicial en los jóvenes , con una tasa de paro como la existente y con unos sueldos por los suelos , lo que está llevando a muchos de los que se pudieron emancipar en su momento contando con ese dinero a volver a casa de sus padres , una situación anómala en Europa. Queremos denunciar también la injusticia que se está cometiendo con los que en un principio se les concedieron las ayudas y llegaron a recibir el dinero y ahora meses o incluso años después , el Estado establece que ese dinero no les correspondía y no sólo les obliga a devolver el dinero sino que además lo obliga a devolver con intereses. Nuestra denuncia va encaminada no a que se haga devolver el dinero entregado a gente que no le correspondía , sino a que el Estado quiera cobrar los intereses por la devolución de la RBE , cuando dichos intereses no nos corresponden a los que llevamos meses esperando recibir las ayudas , a lo que hay que sumar el perjuicio causado por la dilación en el pago. Entendemos que el Defensor del Pueblo debe proteger a los ciudadanos ante los abusos del Estado o de las Administraciones Públicas . Nuestro caso cumple todos los requisitos de cualquier libro de Derecho.
Esta petición ha conseguido 614 firmas

El problema

Nos consideramos afectados , a pesar de que se nos ha concedido esta subvención , ya que desde su inicio en el año 2008 , han sido constantes , públicos y conocidos los retrasos , los problemas , la lamentable gestión , en definitiva , afectados por una subvención que nunca llega y en la que nadie parece hacer nada para solucionarlo. Tanto el Defensor del Pueblo de España como los distintos Defensores del Pueblo en las Autonomías que lo tienen , es conocedor de esta situación desde su principio , no sólo por las quejas de los solicitantes sino por sus propias declaraciones e informes donde la RBE ha sido desde entonces uno de los motivos de queja mas numerosos recibidos por su institución. Recordamos que la ley que regula estas ayudas , en su desarollo establece que son dos meses los establecidos para empezar a recibir la subvención desde su solictiud . La realidad sin embargo , nos demuestra que nadie está recibiendo el dinero en ese plazo y no son pocos quienes llevan esperando mas de un año en recibir algo de lo prometido. Esta situación es especialmente perjudicial en los jóvenes , con una tasa de paro como la existente y con unos sueldos por los suelos , lo que está llevando a muchos de los que se pudieron emancipar en su momento contando con ese dinero a volver a casa de sus padres , una situación anómala en Europa. Queremos denunciar también la injusticia que se está cometiendo con los que en un principio se les concedieron las ayudas y llegaron a recibir el dinero y ahora meses o incluso años después , el Estado establece que ese dinero no les correspondía y no sólo les obliga a devolver el dinero sino que además lo obliga a devolver con intereses. Nuestra denuncia va encaminada no a que se haga devolver el dinero entregado a gente que no le correspondía , sino a que el Estado quiera cobrar los intereses por la devolución de la RBE , cuando dichos intereses no nos corresponden a los que llevamos meses esperando recibir las ayudas , a lo que hay que sumar el perjuicio causado por la dilación en el pago. Entendemos que el Defensor del Pueblo debe proteger a los ciudadanos ante los abusos del Estado o de las Administraciones Públicas . Nuestro caso cumple todos los requisitos de cualquier libro de Derecho.

Los destinatarios de la petición

Defensor del Pueblo
Se ha respondido
En contestación al escrito, en el que a través del portal de Internet “change.org” se nos da traslado de su petición, le informo que el artículo 15.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo dispone: "Toda queja se presentará firmada por el interesado, con indicación de su nombre, apellidos y domicilio completo, en escrito razonado, en papel común y en el plazo máximo de un año, contado a partir del momento en que tuviera conocimiento de los hechos objeto de la misma". Con el fin de poder registrar su petición como queja, y proceder así a su estudio, es necesario que se cumplan los requisitos antes descritos. Para ello, y a la mayor brevedad posible, le rogamos nos remita un escrito explicando los motivos de su queja y en el que se incluyan todos los datos antes citados. A través de dicho portal de Internet nos consta que otros ciudadanos han suscrito su petición. Por condicionantes técnicos del medio que ha elegido para dirigirse a esta institución resulta imposible contactar con ellos directamente, por lo que como promotor de la petición le informamos de que dichos ciudadanos tiene la opción de presentar su queja de forma individual, cumpliendo con los mismos requisitos que arriba se le indican, o también pueden sumarse al escrito que usted nos presente, para lo cual sera necesario que hagan constar su nombre y apellidos completos, su número de DNI y una firma legible o bien nos hagan llegar un documento en el que quede constancia de su apoyo firmado con un certificado digital válido. Para facilitar el envío de estos escrito ponemos a su disposición las siguientes vías: • A través de Internet. Accediendo al Registro Electrónico de la sección "Presenta tu queja" en el portal Defensor del Pueblo (www.defensordelpueblo.es). Por correo electrónico a la dirección registro@defensordelpueblo.es. • En persona. En el Registro de nuestra sede de la calle Zurbano nº 42 de Madrid. (Horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y de lunes a jueves de 16:00 a 18:00 horas, excepto en las tardes del mes de agosto). • Por correo postal. A la dirección, Defensor del Pueblo, C/ Zurbano, 42 - 28010 Madrid. • Por fax. En el número (+34) 91 308 11 58 Agradecemos la confianza que demuestra tener en esta Institución, y quedamos a la espera de sus noticias. El Defensor del Pueblo Información y Registro www.defensordelpueblo.es registro@defensordelpueblo.es Tel:(+34) - 91 432 79 00 Fax (+34) - 91 308 11 58
Excma. Sra. Dña. María Luisa Cava de Llano y Carrió . Defensor del Pueblo .
Excma. Sra. Dña. María Luisa Cava de Llano y Carrió . Defensor del Pueblo .

Actualizaciones de la petición