Petición de Buena Voluntad para la liberación de conciudadanos sujetos a procesos penales.
Petición de Buena Voluntad para la liberación de conciudadanos sujetos a procesos penales.
ASUNTO:
Petición de Buena Voluntad para la liberación de conciudadanos sujetos a procesos penales.
CONSIDERANDO
La Fiscalía dentro de su marco funcional tiene de gestión en eficacia técnica jurídica brindar apoyo legal a quejas, reclamaciones, denuncias y peticiones. Orientar en la inconformidad y el ejercicio de los derechos de las personas privadas de libertad.
Visualizando el ARTÍCULO 157 de la Constitución se llega al presunto concluyente que la Fiscalía puede interceder ante el poder político en gestión por el beneficio del derecho ciudadano, pues la misma es orgánica, indivisible, con independencia funcional y subordinada al Presidente de la República.
Es de interés público que a los ciudadanos, hoy detenidos y sujetos a procesos por ejercer la expresión cívica se les gestione el favor y la obligación a ser libres. Los eventos de Las Tunas y Obispo, en esta capital han resultado en conciudadanos sujetos a proceso penal aún cuando su accionar sólo ha tenido la pretensión de un Cambio socio-económico-político para Cuba. Libertad de expresión que no ha sido lesiva al bien común al no existir daño contra el patrimonio ni alterar la convivencia social o moral contra nuestros semejantes.
Esteban Lázaro Rodríguez López
Thais Mailen Franco Benítez
Mary Karla Ares González
Yuisan Cancio Vera
Inti Soto
Adrián Manuel Góngora Santiesteban
Thaimir García Merino
Damián de Jesús Echavarria labrada
Sólo la FISCALÍA puede hacer que menos madres lloren por sus hijos.