Suspender la res 20/2018 de la Secretaría de Energía que establece el pago de 24 cuotas

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Dejar sin efecto la resolución 20/2018 de la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Hacienda, por la cual, para compensar a las empresas por la devaluación, le van a cobrar a los usuarios de gas un importe extra en 24 cuotas a partir del 1° de enero de 2019.

Se entiende que la finalidad de esta es que el pueblo salve los balances de las empresas, haciéndoles pagar a los usuarios de gas la diferencia de pesos que por la variación del tipo de cambio se produjo entre las empresas distribuidoras y las productoras.

Las empresas distribuidoras pagan el gas a las productoras con una demora aproximada de 75 días y ese pago se efectúa al tipo de cambio vigente al día anterior al vencimiento, no de los usuarios, sino de los convenios que tienen entre ellas como empresas.

Esta medida no solo viola el artículo 42 de la Constitución Nacional, sino que también la interpretación que le dió la Corte Suprema de Justicia en la "Causa Cepis", en la que se estableció que las tarifas para ser válidas, "no solamente tienen que pasar por todo un procedimiento formal, en el que se incluía una audiencia pública, sino también, que el monto final de las tarifas tenía que ser razonable y proporcional con el servicio que se prestaba y con las distintas categorías de usuarios y consumidores al cual se les brindaba".

También viola el inciso 5° del artículo 37 del decreto 1738/92 y del punto 9.4.2.5 de las Reglas Básicas de Licencia de Distribución aprobadas por Decreto 2255/92. Este conjunto de normativas van en contra de los artículos 1, 14, 16, 17, 42 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional y, por lo tanto, son inconstitucionales y nula.

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