MANIFIESTO POR LA DEFENSA DE UNA ESPECIALIZACIÓN EN PSICOGERONTOLOGÍA
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Estimados/as colegas:
Este manifiesto surge de la preocupación sobre la confusión que ha generado la regulación de la figura del Psicólogo/a General Sanitario entre las diferentes especializaciones de la Psicología y, en particular, en la Psicogerontología.
En primer lugar, se describen dos consideraciones que valoramos del máximo interés profesional:
1.- El Máster Universitario en Psicogerontología ofrece en exclusiva formación a Psicólogos/as dirigida a adquirir habilidades y competencias para el trabajo específico con personas mayores. El Máster en Psicología General Sanitaria, con módulos formativos que deben atenerse a lo establecido en la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, no especializa profesionalmente en la atención psicológica a personas mayores y, dado que sólo es exigible a Psicólogos/as al frente de dispositivos registrados como centros, servicios y establecimientos sanitarios en el Registro general de las CCAA, no debe ser exigido a los profesionales que trabajen en la mayoría de dispositivos asistenciales dedicados a la atención de personas mayores, carentes mayoritariamente de dicho registro como centros, servicios y/o establecimientos sanitarios.
2.- Los estudiantes, empresas y administraciones deben recibir información clara y objetiva sobre la plena capacidad de los/as Psicogerontólogos/as para realizar investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de su salud en sus ámbitos profesionales de referencia.
La regulación de las funciones del Psicólogo General Sanitario (artículo 6.4 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre) son idénticas a las del resto de profesionales de la Psicología y en este texto legal únicamente se especifican para los profesionales que desarrollen su actividad profesional por cuenta propia o ajena en el sector sanitario.
Ante la situación de confusión y desinformación generada, proponemos un MANIFIESTO que aspira a obtener el apoyo de académicos, investigadores/as, comisiones académicas de máster y Programas de doctorado, asociaciones profesionales y científicas, empresas e instituciones, o particulares, y hacerse oír en las instancias políticas, académicas y profesionales con capacidad para poner solución a este problema. Esta manifiesto incluye los siguientes puntos:
A.- Todos los profesionales de la Psicología, y en particular los de la Psicogerontología, tienen como objetivo primordial la promoción y mejora del estado general de la salud de las personas.
B.- Todos los profesionales de la Psicología, y en particular los de la Psicogerontología, están capacitados para investigar, evaluar, diagnosticar e intervenir psicológicamente sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de la salud en su ámbito particular de especialización (i. e., servicios sociales).
C.- Cualquier norma legal o esfuerzo legislativo relativo a la habilitación de cualquier profesional de la Psicología y, en particular de la Psicogerontología, debe respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, estableciéndose la prioridad en el acceso a los puestos de trabajo de los especialistas mejor cualificados en virtud de la formación recibida y en relación al puesto y funciones a desempeñar.
D.- Para realizar investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas mayores que influyen en la promoción y mejora de su estado general de su salud es conveniente una formación especializada que contemple las condiciones particulares de las personas mayores sanas o con algún tipo de deterioro.