Que el Presidente Mexicano aplique las Leyes y someta a éstas a las casas de empeño IAP

Que el Presidente Mexicano aplique las Leyes y someta a éstas a las casas de empeño IAP

Inició
8 de junio de 2022
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¿Por qué es importante esta petición?

Iniciada por Laura Mateos

Que se ha negado la autoridad vía Presidencia de Atención Ciudadana a exhortar a aplicar las Leyes y hacer las denuncias correspondientes para salvaguardar el patrimonio de los ciudadanos, así como a acatar el acuerdo publicado en el DOF, de fecha 04 de mayo de 2020 y su modificación del 13 de mayo de 2020 donde es señalado por la omisa PROFECO:

ACUERDO por el que se dan a conocer los lineamientos para la operación de casas de empeño durante la contingencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Acuerdo publicado el  04 de mayo del 2020: Que señala  en su artículo TERCERO.-Restricciones y buenas prácticas.

Por lo que ordena en su párrafo segundo. Las Casas de Empeño implementarán las medidas necesarias para que los derechos e intereses de los consumidores no se vean afectados, otorgando facilidades y prórrogas en las operaciones de refrendo y desempeño y en su caso, el diferimiento de la etapa de venta a razón del las facilidades que sean brindadas, haciéndolo del conocimiento de los pignorantes, mediante las vías que cada Casa de Empeño estime pertinentes.

Así como su modificación  por acuerdo por fecha de publicación en el DOF del 13 de mayo de 2020 a su artículo segundo quedando de la siguiente forma:

SEGUNDO.- Operación en los establecimientos comerciales de Casas de Empeño.

Las Casas de Empeño podrán continuar funcionando exclusivamente para la atención de empeño, refrendo y desempeño de las prendas evitando la enajenación de las mismas; por lo que no podrán enajenar ningún tipo de prenda... 

Además en su Segundo Transitorio dispone: SEGUNDO.- Las disposiciones a que se refiere el presente Acuerdo se encontrarán vigentes durante seis meses o hasta que la autoridad sanitaria determine el cese de la emergencia sanitaria.

A lo anterior no se le ha dado publicidad y se ha dejado que la PROFECO proteja a las casas de empeño Nacional Monte de Piedad y Montepío Luz Saviñón ambas IAP que cobran intereses de usura siendo que el permitido es del 9% si se considera un contrato civil, asimismo permite violaciones a los artículos de la Constitución 1, 14, 16, y 17 en su clausulado de los contratos de adhesión de ambas empresas  prestamistas y que se supone deben de estar hechos los contratos conforme a la Norma dispuesta por la Secretaría de Economía y a la certificación de la PROFECO, pero en realidad lo que ocurre es que se protege a los prestamistas permitiendo el apoderamiento del patrimonio del pueblo y violando no solo lo dispuesto por la Constitución sino por el Código Penal  Federal y su correlativo de la Cdmx,  y de cada Entidad si se contempla en sus normas, Ahora bien el Código Penal Federal señala en su artículo 386 que se califica de fraude y  el 387 dispone en su fracción VIII.- Al que valiéndose de la ignorancia o de las malas condiciones económicas de una persona, obtenga de ésta ventajas usuarias por medio de contratos o convenios en los cuales se estipulen réditos o lucros superiores a los usuales en el mercado. Asimismo se viola lo que dispone sobre la propiedad privada la Convención Americana Sobre Derechos Humanos B-32:


CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
(Suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, en la
Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos)

Por nuestro País y que señala en su Artículo 21, sobre la propiedad.
Derecho a la Propiedad Privada
1. Toda persona tiene derecho al uso y goce de
sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social.


2. Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley.


3. Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre por el hombre, deben ser prohibidas por la ley.

Luego entonces en una burla que se permita el apoderamiento del patrimonio de cientos de miles y tal vez de millones de mexicanos, ¿ qué paso con las prendas de las personas que lamentablemente fallecieron ?

Haciendo hincapié que en su mayoría quienes empeñamos somos mujeres, y también mayoritariamente adultos mayores, por lo que es de vital urgencia devolver al pueblo el estado de derecho,  de certeza, legalidad y justicia, obligando a las casas de empeño citadas a que acaten los acuerdos.

Por si fuera poco existe una institución que debe vigilar el comportamiento de las Instituciones de Asistencia Privada  (IAP) denominada Junta de Asistencia Privada de la Cdmx así como una Ley de Instituciones de Asistencia Privada Para el Distrito Federal, que es por demás señalar que es Ley muerta, que se supone debe existir en cada Entidad del País, pero también es presumible que sea Ley muerta, o sea no se aplica y se permite su violación.

 Por lo que al tomar en cuenta que al permitirlo en el estado de emergencia se ve la clase de individuos que están en el gobierno que ponderan unas ganancias ilícitas de empresas prestamistas usureras, sobre los ciudadanos dejándonos en total estado de indefensión ya que ni siquiera reitero se le dio la publicidad debida siendo  que en la especie todavía los citados acuerdos son aplicables, "NO QUE NADIE POR ARRIBA DE LA LEY" Por lo anterior es que se pide la aplicación de las Normas, y una estricta vigilancia para la protección del patrimonio de los pignorantes, en toda la República.

Cabe aclarar que la PROFECO es una institución inútil que nos cuesta a los mexicanos pero puede actuar la Representación Social o sea el Ministerio Público Federal y Local, conforme a los artículos citados. 

Por lo tanto es importante que nos unamos para que se aplique en nuestro País el Estado de Derecho y la aplicación y respeto de la Carta Magna o sea nuestra máxima norma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y las leyes que emanen de ella y que nuestro presidente protestó protegerlas y hacerlas cumplir. Luego entonces en el estado de emergencia en el que continuamos es imperdonable no aplicarlas.

Nota: Sabías que esas seudo instituciones de asistencia privada no pagan impuestos. Por todo lo anterior es que te solicito que nos ayudes y firmes, para el cumplimiento de la Ley, para que se haga justicia.

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