Que la ley en Qatar proteja a los empleadores o sponsors para con las empleadas domésticas

Que la ley en Qatar proteja a los empleadores o sponsors para con las empleadas domésticas

En Qatar, cuando contratas a una empleada doméstica tienes que correr con los gastos de agencia, con los gastos del viaje desde su país de origen ( ahora además se añaden los gastos derivados del COVID como cuarentena en un hotel), y después realizar lo que se llama el “sponsorship” que es básicamente lo que se traduce como dar de alta a esta persona en la seguridad social para que tenga derechos como la salud pública, por ejemplo. Estos gastos en la mayoría de los casos superan los 5,000 € y la empleada se compromete a cumplir un contrato de dos años de duración.
Lo que está pasando actualmente es que estas empleadas contactan con empleadores ilegales cía redes sociales que lea ofrecen incrementar su salario, o sus mejorar sus condiciones laborales ( siempre sin ninguna garantía por supuesto porque carecen de contrato…) . Muchas empleadas domésticas “huyen” literalmente del puesto de trabajo dejando al empleador “tirado” después de el desembolso con su correspondiente esfuerzo tan grande que ha realizado para darle a esta persona una oportunidad laboral fuera de su país de origen. No olvidemos que en la mayoría de los casos estas familias son trabajadoras, con niños pequeños, que se quedan sin medios al estar también lejos de su país de origen y de sus familiares, para afrontar las cargas laborales con niños pequeños a su cargo. Y esto no es todo, una vez que la empleada ha sido localizada por la policía, la ley obliga al sponsor a correr con los gastos del billete de vuelta a su país de origen de dicha empleada…
Lo que queremos conseguir con esta petición:
que una vez la maid haya sido encontrará las autoridades no obliguen al sponsor a pagarle el ticket de vuelta si no ha cumplido y finalizado su contrato, si no que sea obligada bien a decir para quien ha estado trabajando de manera ilegal durante el tiempo que ha estado desaparecida y está persona sea penalizada con los gastos del billete de vuelta para la maid. También se le sancionará con la correspondiente penalización por haber empleado a una persona de manera ilegal,dependiendo el importe en función del tiempo que la maid llego a cumplir con su contrato legal y siendo mayores las penas respectivamente si cumplió un 75%, 50% o un 25 % de dicho contrato.
Si la maid se niega a proporcionar datos sobre quien la empleó de manera ilegal, entonces ella misma correrá con los gastos de su billete de vuelta, en caso de que sea insolvente se la mantendrá en prisión por un periodo máximo de 3 meses, hasta que alguno de sus familiares se haga cargo. Si durante dicho periodo nace se hace cargo de su expatriación, es entonces cuando su embajada tendrá que correr con los gastos.
Con todas estas medidas, el empleador o sponsor sigue sin proteger el dinero invertido pero al menos si que sus derechos quedan protegidos y se evitan de manera drástica tanto las fugas como los empleadores ilegales.