Preservar los horreos y paneras de Asturias
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El cambio en la legislación de horreos y paneres, permitiendo un cambio de uso, sería fundamental para que estas construcciones volviesen a prestar servicio.
Actualmente, aunque existan horreos y paneres tipo alojamiento y vivienda, legalmente su uso sólo esta permitido como almacén y vinculado a una casa.
La legislación que rige su construcción y uso es de 1975, y creo que es absurdo hoy en día creer que alguien va a construir un horreo o panera con fin de granero.
Cambiar esta ley no sería otra cosa que constatar un hecho.
También creo conveniente clasificar estas construcciones en dos grupos bien diferenciados:
- Primer grupo:
Que englobe a los horreos y paneres de 1500-1600 hasta mediados del siglo pasado y que tengan valor etnográfico reconocido. Éstos tendrían que ser objeto de su máximo respeto, manteniendo su construcción inicial y que deben de tener amparo de la administración para su mantenimiento.
- Segundo grupo:
Serían los horreos y paneres de menos de 50 años y de nueva construcción, que la administración debería permitir su uso como vivienda o alojamiento rural, siempre y cuando se conserve su tradicional estructura exterior, eso sí, permitiendo, por ejemplo, ventanas o canalones además de que su construcción no esté vinculada a una vivienda.
Estos últimos incluso podrían pagar un canon con destino a sufragar el mantenimiento y conservación de los englobados en el primer grupo.