POR UN CONCURSO DE TRASLADOS JUSTO PARA TODOS/AS

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Creada
9 de octubre de 2022
Firmas: 1487Próximo objetivo: 1500
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Por qué es importante esta petición

A la mesa de negociación para
la modificación del RD 1364/2010.

Por un baremo para el Concurso General de Traslados que no perjudique al actual funcionario/a de carrera y que sea justo para todas las partes. 

FUNCIONARIOS/AS DE CARRERA DOCENTES
AFECTADOS POR LA LEY DE ESTABILIZACIÓN

Las sentencias del Tribunal Supremo han determinado que no puede discriminarse entre servicios prestados como funcionario/a de carrera, en prácticas o interino, lo que ha propiciado la revisión del baremo para el Concurso General de Traslados, regulado por RD 1364/2010; se plantea que el tiempo de interinidad se puntúe en el baremo y que lo haga con el mismo valor que el de funcionario de carrera.  

Esto va a suponer que se altere la ordenación de los participantes en el concurso de traslado que, de alguna manera, hasta el momento, iba organizando al personal a medida que iba ingresando al cuerpo de funcionario/a de carrera sin que, por otro lado, se le privara de la posibilidad de rivalizar en puntos a través de sus méritos.

Sin entrar a discutir si este era o no el mejor sistema, ni tampoco a cuestionar el derecho del interino/a a computar su tiempo de servicio, de lo que no cabe duda es de que SE HA ROTO el actual SISTEMA DE ORDENACIÓN del personal a la hora de elegir destino que, ahora, en vez de tener el “turno” como eje de fondo (aunque no estuviera explicitado), tendrá el tiempo de servicio (funcionarios/as e interinos/as) ignorando completamente la antigüedad de ingreso al cuerpo.

Este hecho traerá consigo ENORMES INJUSTICIAS pues situará al personal con mayor tiempo de servicio en cabeza de lista en las sucesivas convocatorias de los CGT, penalizando y superando por mucho a los funcionarios/as de carrera con poco o ningún tiempo de interinidad (es decir los que aprobaron a la primera, a la segunda…), -aun cuando tengan años de servicio, quedando relegados a los últimos puestos en las listas de ordenación del CGT, y a una distancia inalcanzable respecto a los nuevos primeros puestos. Caso también especialmente INJUSTO es el de los compañeros/as funcionarios de carrera que llevan años esperando destino definitivo y que serán alcanzados por funcionarios de nueva incorporación.

INESTABILIDAD es también no tener el hogar cerca del puesto de trabajo, algo que igualmente sufren los actuales funcionarios de carrera que no tienen destino o aquellos que, -y no son pocos-, lo tienen en localidades muy alejadas de su lugar de residencia. El baremo que se está barajando afecta MUY GRAVEMENTE a determinados COLECTIVOS, por ejemplo a los CUERPOS de LAS ESCUELAS DE ARTE Y SUPERIORES DE DISEÑO, pues solo hay 16 Escuelas en toda Andalucía, y en muchas provincias solo una, por lo que ser desplazado a otro centro implica, la inmensa mayoría de las veces, ser desplazado a otra provincia.

POR TODO, RECLAMAMOS:

Que en las negociaciones que están teniendo lugar entre el Ministerio y los agentes implicados, respecto a la modificación del RD 1364/2010 que regula el baremo del Concurso General de Traslados, se generen los mecanismos necesarios para que, sin menoscabo de lo dictado por el Tribunal Supremo, SE PROTEJA al ACTUAL FUNCIONARIO de CARRERA para que no retroceda en derechos en la adjudicación de destino y se le DISCRIME POR TIEMPO DE SERVICIO; de lo contrario se habrá estabilizado a una parte del cuerpo docente para desestabilizar a la otra.

Si la salida pasa por idear otro sistema de puntuación, por hacer un antes y después desde la sentencia estableciendo dos vías de concurso, o si pasa por otras fórmulas, es DEBER del EJECUTIVO buscar la solución que NO VULNERE LOS DERECHOS DE NINGUNA DE LAS PARTES.

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