No al Mecanismo para limitar el precio del gas

No al Mecanismo para limitar el precio del gas
Por qué es importante esta petición
El pasado 13 de mayo el gobierno de España lanzó un Real Decreto de Ley 10/2022 por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.
Se trata de un nuevo coste regulado temporal de aplicación a los puntos de suministros peninsulares con contratos formalizados desde el 26 de abril.
Este coste depende sobre todo del precio del gas y es variable para cada hora. Su valor se calcula como el producto del consumo horario por el Precio Horario del Ajuste a los consumidores (en €/MWh) publicados por el Operador del Mercado Ibérico de Energía y Red Eléctrica de España según establecido por el Real Decreto-Ley 10/2022.
Según la OCU:
Cada hora que se genera electricidad con gas, si su coste real es superior a 40 euros/MWh, se remunera a las productoras por esa diferencia. Cuanto más caro sea el gas y más cantidad se emplee para producir, más elevada será la compensación. La lógica dice que es más barato compensar solo esa parte de la generación que utiliza el gas como materia prima, que pagar el 100% de la generación eléctrica a precio de gas. El resultado es un importe que varía hora a hora, como el precio mayorista de la electricidad, que hay que repartir entre los consumidores eléctricos. Para ello Red Eléctrica facilita un precio por kWh para cada hora del día.
Un ahorro del 15% (Falso fueron estimaciones)
En los primeros días de funcionamiento, se estima que el ahorro podría haber sido en torno al 15%, pero se trata más bien de una moderación de la subida que de una bajada como tal, pues los precios han seguido escalando. De momento, lo que más están notando los consumidores es el coste de la compensación.
¿Quién paga y cuánto cuesta el tope a gas?
Según la normativa, el coste de la compensación se reparte entre todos los usuarios del mercado eléctrico, menos en los contratos con un precio fijo que sean anteriores al 26 de abril de 2022, pues al tener un precio fijo, tampoco se verían beneficiados por la potencia bajada de precios que debe producir esta medida en el mercado mayorista. Dicho de otro modo, si tienes una tarifa indexada (como el PVPC) o un contrato con precio fijo que se renovó con posterioridad al 26 de abril, el precio que pagas incluye ya el coste de esta compensación.
¿Cómo se refleja el tope del gas en las facturas?
Te estarás preguntando si vas a ver en tus facturas el coste de esa compensación. Eso depende de si tienes una tarifa de precio fijo o bien una con precio indexado al mercado mayorista.
En los contratos indexados: será invisible
Para los clientes con la tarifa regulada PVPC, el precio final que ofrece Red Eléctrica para el kWh incluye ya este coste desde el 15 de junio, cuando entró en vigor la medida. Por tanto, el coste del tope del gas no se aprecia en las facturas ya que está integrado en el concepto Coste de la Energía.
En los contratos de precio fijo: se factura separada
En el mercado libre, las comercializadoras podían arriesgar y estimar el coste de esta compensación para incorporarla en sus tarifas de precio fijo como un coste más. Así el consumidor solo tendría que fijarse en el precio del kWh para comparar ofertas. Sin embargo, de momento todas las compañías han optado por incorporarla de forma separada. Ofrecen y publicitan sus tarifas como siempre y luego indican, con letra pequeña y en zonas no siempre visibles, que a esos precios se añade el coste de topar el precio del gas.
En la práctica, dejan de existir así los precios fijos, pues mientras dure esta medida tendrán un componente indexado variable, cuyo precio cambiará en función de la hora a la que consumamos, cuánto gas se haya utilizado para generar electricidad y su precio.
Todos los contratos con una comercializadora libre firmados o renovados desde el 26 de abril incorporarán este nuevo concepto en sus facturas, cuyo importe en estos primeros meses está siendo muy elevado.
Si participaste en la VI Compra Colectiva de Energía no debes preocuparte por este concepto, al menos hasta la renovación de contrato. No se te aplicará aunque la activación del contrato haya sido posterior al 26 de abril. Repsol incluirá en las facturas el cargo por este concepto y al mismo tiempo una bonificación por el mismo importe.
¿Cuál es el precio del tope del gas?
En junio y julio, el gas ha alcanzado precios de escándalo, de hasta 130 €/MWh. Además, se ha utilizado una gran cantidad para generar electricidad: en julio, el 29% de la energía provenía de esta fuente, cuando lo habitual es que no se supere el 10% o, incluso, el 5% en meses con más viento y agua. Todo esto ha encarecido mucho el coste de la compensación y como todavía hay muchos hogares con contratos fijos firmados con anterioridad al 26 de abril, no son demasiados consumidores entre los que repartir el coste.
En definitiva:
Tras la puesta en marcha de esta medida se ha visto incrementado sólo en el mes de julio de media en 0,12€/kWh en los contratos de tarifas fijas, siendo variable a lo largo de los días.
Mientras que en el mercado regulado que se suponía que iba a disminuir el precio de la electricidad no se ha visto reflejado en el precio diario de media, más bien se ha mantenido.
Por eso solicito la firma de este documento para que pueda revisarse el Decreto y se implementen nuevas medidas o al menos derogarlo.