Modificación del Real Decreto de acceso a la función pública docente

Modificación del Real Decreto de acceso a la función pública docente

Creada
1 de mayo de 2020
Dirigida a
María Isabel Celaá Diéguez (Ministra de Educación y Formación Profesional)
Firmas: 1664Próximo objetivo: 2500
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Por qué es importante esta petición

Iniciada por Baldomero Alba Lara

El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado el proyecto de Real Decreto que modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, que aprueba el Reglamento de Ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Con fecha 15 de abril de 2020 se abrió plazo para presentación de aportaciones al mencionado proyecto, con fecha límite el próximo 6 de mayo de 2020.

Este Real Decreto está obsoleto y no es acorde a los tiempos que corren.

Entendemos que se han de incluir las siguientes propuestas:

1.    Carácter no eliminatorio de las pruebas de la fase de oposición.

2.    No caducidad de las notas de oposición.

3.    Se incluya una doble vía de acceso a la función pública docente, con el correspondiente concurso de méritos para el personal interino. Opción que encuentra fundamento legal en el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado público.

De este modo, se establecería una reserva de plazas de acceso a la Función Pública para el colectivo interino y otra reserva de plazas para garantizar también el acceso mediante concurso-oposición de aspirantes que carecen de experiencia.

4.    Modificar el punto 1.1 del Anexo IV, asignando un punto por cada año de experiencia docente, y no 0,7 puntos.

5.    Dar mayor definición a la expresión “otro título equivalente” del punto 2.2.1 del Anexo IV, y evitar la indeterminación jurídica que supone. Como ejemplo, citar la ORDEN de 11 de mayo de 2015 de la Comunidad de Canarias (procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros), donde se recogían unas notas en relación a su apartado “2.2. POSTGRADOS, DOCTORADOS Y PREMIOS EXTRAORDINARIOS”, donde se decía textualmente en la nota cuarta “Se considerarán títulos equivalentes, a efectos del subapartado 2.2.1, los de Magíster, Experto, Especialista…”.

Estas propuestas quedan justificadas atendiendo, entre otras, a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de marzo último, que pone de manifiesto la utilización abusiva de la contratación temporal de interinos en la Administración para puestos que tienen carácter estructural y permanente.

 

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Destinatarios de la petición

  • María Isabel Celaá DiéguezMinistra de Educación y Formación Profesional