No retiren la Atención Temprana en CLM a los niños escolarizados de 3 a 6 años

No retiren la Atención Temprana en CLM a los niños escolarizados de 3 a 6 años

La Atención Temprana es una terapia que reciben los niños con algún tipo de trastorno o alteración en su desarrollo, sea éste de tipo físico, psíquico o sensorial, o con riesgo de padecerlo. Niños con Trastorno del Lenguaje (TEL), con Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) y con Trastorno del Espectro Autista (TEA) son algunos ejemplos de niños que reciben esta terapia. La Atención Temprana, entre otros fines, reduce los efectos de las deficiencias que presentan estos niños y evita la aparición de efectos o déficits secundarios asociados al trastorno. Los trastornos pueden ser de tipo permanente o transitorio. En el caso del TEL el trastorno es permanente, se prolonga desde la infancia a la adolescencia y puede dejar secuelas importantes en la edad adulta. Aquí radica la importancia de una intervención temprana y constante en el tiempo.
La Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla la Mancha (2014/15009) contempla en su artículo 38.4 que “el proceso de detección de los niños objeto de atención temprana corresponde prioritariamente a los sistemas sanitario, social y educativo. La intervención en el ámbito social se realizará desde la detección hasta la escolarización del menor, momento a partir del cual el proceso de intervención continuará en el ámbito educativo.” En consecuencia, se están retirando las terapias de Atención Temprana a los niños cuando se les escolariza y tienen apoyos en el ámbito educativo, aunque sean mínimos debido a los recortes, los profesionales no sean especialistas en Atención Temprana y el servicio sea completamente distinto. Hemos de tener en cuenta que los Centros Educativos de CLM no son centros de tratamiento e intervención terapéutica de trastornos. Tal y como recoge el Libro Blanco de la Atención Temprana, la escolarización y la Atención Temprana no solo no son excluyentes, sino que deben ser complementarios.
Al poco tiempo de que la mencionada Ley entrara en vigor en Enero de 2015, un conjunto de familias lanzaron un llamamiento a través de la Plataforma Change.org. La ciudadanía se solidarizó con la petición y se recogieron 222.706 firmas. A pesar de ello, la realidad no ha cambiado y muchas familias seguimos recibiendo la comunicación de que nuestros hijos, sin haber cumplido los 6 años y con escasos apoyos en el ámbito educativo, son dados de alta en los servicios de Atención Temprana. Queremos recalcar que hasta los 6 años las terapias tienen su mayor efectividad. En momentos posteriores los logros son muy difíciles o imposibles de conseguir.
Actualmente las familias tienen dos opciones para no perder la Atención Temprana:
- Renunciar a escolarizar al niño (ya que hasta los 6 años la escolarización no es obligatoria), a pesar de que lo primero que recomiendan los neurólogos a las familias es la escolarización. No olvidemos que el ámbito educativo es un complemento al trabajo del trastorno del niño.
- Escolarizar al niño y pagar de forma privada las terapias. Cabe destacar que estas terapias son muy costosas, por lo que no todas las familias podrán permitírselo. En esos casos, el trastorno si es de carácter transitorio no va a desaparecer, y si es de carácter permanente hará que los efectos del trastorno no disminuyan y se acentúen los efectos secundarios. En consecuencia, la integración e inclusión de este tipo de niños en el ámbito educativo, social y familiar peligrará seriamente.
Tener que elegir entre estas dos opciones es una contradicción con los derechos fundamentales que promulga nuestra Constitución: el Derecho a la Educación (art. 27), y el Derecho de Atención a los disminuidos (art. 49).
Desde la Asociación Trastorno Específico del Lenguaje Castilla la Mancha (ATEL CLM) queremos alertar de la gravedad de esta medida. Una Ley que, como su propio nombre indica, debería velar por la Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en CLM, está poniendo en riesgo la inclusión de los niños con algún tipo de trastorno en nuestra sociedad.
En consecuencia, ATEL-CLM pide al Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, a la Consejera de Bienestar Social y a la Consejera de Educación, que adapten la Ley 7/2014 de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla la Mancha, a una situación en consonancia con los artículos 27 y 49 de nuestra Constitución y que no retiren la Atención Temprana a los niños escolarizados de 3 a 6 años.
Cuando un niño tiene apoyos en el ámbito educativo y se le retiran los servicios de Atención Temprana es porque, según el Gobierno de CLM y la Ley 7/2014, existe duplicidad de servicios. Desde ATEL-CLM nos gustaría detallar por qué no tiene sentido hablar de duplicidad en estos casos.
¿Para qué sirve la Atención Temprana?
Entre todas sus finalidades destacamos:
- Reduce los efectos de las deficiencias que presentan estos niños.
- Evita la aparición de efectos o déficits secundarios asociados al trastorno.
- Optimiza el desarrollo del niño.
- Introduce mecanismos para adaptarse a las necesidades específicas de los niños afectados.
- Atiende y cubre las necesidades y demandas de la familia y el entorno donde vive el niño, así como asesoramiento terapéutico en los Colegios.
¿Tienen todos los niños escolarizados apoyos en la escuela?
No se cumple en todos los casos. Para que un niño tenga apoyos en la escuela necesita un dictamen de escolarización antes del ingreso en el colegio. En muchas ocasiones el trastorno del niño no se detecta hasta que está en la escuela, generando un retraso en comenzar con los apoyos que se puede prolongar hasta el siguiente el curso académico.
Además, según Resolución de 08-07-2002 donde se definen las funciones y prioridades en la actuación del profesorado de apoyo, no queda reflejada como prioritaria la atención individualizada del Trastorno Específico del Lenguaje (TEL), pudiendo darse la incoherencia de que un niño con dislalia orgánica (que no articula correctamente algún fonema) reciba apoyo y un TEL no.
Y en el caso de que tengan apoyos, ¿existe duplicidad?
La finalidad y realidad del ámbito educativo es muy distinto al de la Atención Temprana, por los siguientes motivos:
- No son centros de tratamiento e intervención terapéutica de discapacidades.
- No disponen de especialistas en trastornos específicos.
- Recortes en la dotación de profesionales de apoyo.
- Recortes en la dotación de recursos a los centros educativos.
Todo ello conlleva:
- Menos efectividad en la evolución del trastorno.
- Escasas sesiones de apoyo a los niños con necesidades educativas específicas.
- Sesiones no individuales.
¿Esta problemática ocurre en todas las Comunidades Autónomas?
No, en otras Comunidades Autónomas no se considera que exista duplicidad. Creemos firmemente que todos los niños deberían tener derecho a la Atención Temprana, independientemente de la autonomía en la que residan.
Entonces, los apoyos en el ámbito educativo, ¿no son necesarios?
Son absolutamente necesarios. En edades tan tempranas, los apoyos son clave para la evolución del niño. En el ámbito educativo se pueden tomar medidas que son complementarias a la Atención Temprana. Por ejemplo, en la distribución de los horarios de apoyo de la escuela, el profesional de apoyo tiene la posibilidad de acceder a la clase del niño y así ayudarle a trabajar con el resto de sus compañeros. De otra manera, no podría seguir la clase y no se integraría en la misma.
En resumen, ¿qué diferencias encontramos en los servicios ofrecidos por los Centros de Atención Temprana?