Art 6.1 Ley 2/2021, de 29 de marzo (Reconsiderar)
Art 6.1 Ley 2/2021, de 29 de marzo (Reconsiderar)
El art 6.1 de Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece la obligatoriedad de llevar mascarilla en espacios abiertos como playas o montes independientemente de la distancia de seguridad.
En la mayoría de nuestros pueblos y ciudades que se enmarcan cerca de espacios naturales se han mantenido con tasas bajísimas de contagios, excepto en las semanas posteriores a los temporales de frio que han sacudido a nuestro país en las que hemos estado obligados a permanecer en lugares cerrados.
Salir al aire libre es una de las pocas actividades que permiten el esparcimiento de nuestros ciudadanos y ciudadanas. Por otro lado, es un resquicio de evasión de la realidad que estamos sufriendo, que mejora la salud mental y del sistema inmunológico.
No podemos mirar la salud como algo dependiente de una única enfermedad, si no como un todo en la que el equilibrio es fundamental. La salud mental y el esparcimiento saludable han de ser parte del día a día de todos. Las mascarillas en la naturaleza, cuando vas solo, con convivientes o en grupos pequeños no está demostrado que sean de utilidad y restan libertades a la ciudadanía.