Que se aplique correctamente la ley a la violadora Yosselin Hoffman y no la dejen libre,

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Edgar Vega lanzó esta petición dirigida para Ernestina Godoy y

Ainara Suárez, la joven que acusa a YosStop de pornografía infantil, debe tener acceso a que sus Violadores y quienes se aprovecharon de las imagenes, videos y demas pornografia infantil que se genero de su violacion, sean correctamente juzgados y condenados, de acuerdo a la ley que enuncia:

Código Penal Federal
Libro Segundo
Título Octavo - Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad
Capítulo II - Pornografía de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no Tienen Capacidad para Comprender el Significado del Hecho o de Personas que no Tienen Capacidad para Resistirlo

Artículo 202Comete el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos. Al autor de este delito se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.

A quien fije, imprima, video grabe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de dieciocho años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito.

La misma pena se impondrá a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material a que se refieren los párrafos anteriores.

Artículo 202 BISQuien almacene, compre, arriende, el material a que se refieren los párrafos anteriores, sin fines de comercialización o distribución se le impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa. Asimismo, estará sujeto a tratamiento psiquiátrico especializado.

Y como los canales de agresion son redes sociales, el inmediato cierre y destruccion de los canales de Yoselin Hoffman, Alias Yosstop, asi como a sus familiares involucrados en la produccion y difusion de los mismos sean involucrados a proceso, por delincuencia organizada y distribucion de pornografia infantil.

que los autollamados influencers, tengan responsabilidad sobre los contenidos que distribuyen.

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