Reformar la ley Nro. 22​.​278. Art. 1

Reformar la ley Nro. 22​.​278. Art. 1

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Iniciada
Petición para
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina.

Por qué es importante esta petición

Iniciada por Martina Di Santo

Ley 22.278, establece en su art. 1 que "no es punible el menor que no haya cumplido dieciséis (16) años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido dieciocho (años).

Tengo en mi haber, en un capítulo de mi vida, una violación, un acto sexual contra mi voluntad por siete personas.

La libertad es lo más preciado que tenemos las personas y ellos no se la merecen, cada ves que cada uno de ellos me violaba, me ensuciaban, me pisoteaban, me insultaban, me lastimaban, me marcaron por el resto de mi vida y traicionaron mi libertad, ellos son los que deben estar privados de su libertad, esto no se trata solo de mi, si no por todas aquellas niñas y mujeres, por mi seguridad y por las de todas.

Solo una de estas personas es no punible por ser menor en el momento del delito, pero esto tiene que cambiar, mi violador está libre, haciendo vida normal, cometió un delito y debe pagar por eso. Y no estar en la calle buscando sus nuevas víctimas. Gracias

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