Actuaciones de colectivo de Psicólog@s respecto de proyecto de ley de Psicología Social
Actuaciones de colectivo de Psicólog@s respecto de proyecto de ley de Psicología Social
Por qué es importante esta petición
Resumen de las actuaciones de colegas asociad@s y no asociad@s a ACFUPPSI, respecto de la presentación del Proyecto 450/2022 en Legislatura por Partido FORJA, Legisladora Sra. Mónica Acosta.
El mencionado proyecto solicita la regulación del ejercicio profesional de personas que estudiaron la tecnicatura superior en psicología social o carreras terciarias afines, a distancia en nuestra provincia.
En función a ello, se llevaron adelante diversas acciones en la Legislatura con el objetivo de informar cuáles eran los puntos del proyecto en los cuales se encontraban serias discrepancias al tomar en cuenta que no correspondía aprobarlo si la denominación sería “Psicólogos sociales”; como así tampoco si entre las incumbencias propuestas en realidad la mayoría eran específicas de Licenciad@s en Psicología o Psicólog@s.
Además, no era clara la modalidad de abordaje e intervenciones, así como también fue imposible entender si se trataban de profesionales de la salud y que como tales, fueran regulados por Fiscalización Sanitaria. A estos puntos, se sumó el apoyo de la FEPRA (Federacion de Psicolog@s de la República Argentina) quien brindó la historicidad de lucha en otras provincias, al buscar preservar los servicios de salud mental y los y las profesionales de la psicología.
Los puntos que se detallan a continuación contemplan las sucesivas respuestas generadas por ACFUPPSI, a fines de entender con mayor claridad el recorrido de intervenciones establecidas.
1. La denominación. Inicialmente solicitaban ser reconocidos/as como Psicólogos/as Sociales, luego tomaron la solicitud presentada por ACFUPPSI respecto del cambio de denominación, la cual se detalla en la última presentación: Esto continúa siendo a nuestro criterio algo que no corresponde, dada dos principales razones: en primer lugar las confusiones que se presentan en la población cuando se consigna el título “Psicólogo/a” antes de “Social”; en segundo lugar en virtud que quien se denomina así, es quien tiene un posgrado. Nuestra propuesta es que sean denominados/as “Técnico superior y operadores sociales”
2. En las incumbencias. Si se detiene a observar el último proyecto presentado, se podrá ver que los puntos corresponden a distintas carreras y ámbitos laborales distintos: psicología, trabajo social y mediación. No se tuvieron en cuenta las solicitudes presentadas, haciendo alusión a que las incumbencias son establecidas por cada carrera terciaria y no les corresponde cambiarlo. Este punto probablemente sea el que requiera un mayor análisis en virtud que si no defendemos nuestro ejercicio profesional (que se detalla en la Ley Provincial N° 318), otras carreras podrían ejercer en los mismos campos de acción.
A continuación se comparte la Ley de Educación Superior N° 24.521, en su artículo 43 legisla las actividades reservadas para determinadas profesiones, aquellas que el estado tiene un especial interés (interés público), por comprometer la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes. “ARTÍCULO 43- “Cuando se trate de títulos correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria a la que hace referencia el artículo anterior, los siguientes requisitos: a) Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades: b) Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas. El Ministerio de Cultura y Educación determinará con criterio restrictivo, en acuerdo con el Consejo de Universidades, la nómina de tales títulos, así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ellos.”
Dentro de dichas profesiones se encuentra la psicología, siendo que el anexo XXXIII de la Resolución N° 1254/18 del Ministerio de Educación de Nación indica expresamente: ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS A LOS TÍTULOS DE LICENCIADO EN PSICOLOGÍA Y PSICÓLOGO 1. Prescribir y realizar acciones de evaluación, diagnóstico, orientación y tratamiento psicoterapéutico y rehabilitación psicológica. 2. Realizar intervenciones de orientación, asesoramiento y aplicación de técnicas psicológicas tendientes a la promoción de la salud. 3. Prescribir, realizar y certificar evaluaciones psicológicas con propósitos de diagnóstico, pronóstico, selección, orientación, habilitación o intervención en distintos ámbitos. 4. Planificar y prescribir acciones tendientes a la promoción y prevención de la salud mental en individuos y poblaciones. 5. Desarrollar y validar métodos, técnicas e instrumentos de exploración y evaluación psicológica.
3. En ámbito de fiscalización o Ministerio del cual dependería. En caso de considerar (como fue en un principio presentado en proyecto de ley) que pertenecieran al Ministerio de Salud, entonces deberían entenderse trabajadores/as de la salud. Al consultar esto, nos comentaron que no se consideran así, por esta razón cambiaron al Ministerio de desarrollo humano como ente regulador. Siendo así, tendrían una matrícula específica y como tal diferenciada a la de la carrera de Psicología.
4. Lugares de ejercicio profesional de los/as técnicos/as. Existen diferencias de criterios respecto de qué ocurre con aquellas personas que estudiaron 3 o 4 años una tecnicatura y se encuentran trabajando en distintos ámbitos laborales estatales. Esto se debe principalmente a entender que se encuentran actualmente ejerciendo la profesión, sin marco regulatorio. En función a ello, las discusiones giran en torno a si debieran o no continuar prestando esos servicios; Por otro lado se consulta si debieran tomar cargos destinados a psicólogos/as pero que ante “baja de requisitos”, los toman técnicos; y finalmente otra consulta se encuentra en si se la asociación debe o no presentar una propuesta frente a esta situación, etc.
Finalmente lo que resulta de suma importancia aclarar es lo siguiente:
Nuestro recorrido hasta el momento, así como el presente escrito de ninguna manera buscan dejar a personas sin trabajo, desprestigiar o desvalorizar los estudios que han decidido llevar adelante. Lejos de los juicios de valor sobre personas, este colectivo de profesionales busca defender su profesión, sus responsabilidades y espacios laborales. Sobre todas las cosas el objetivo está puesto en resguardar la salud mental de la población con toda la responsabilidad que conlleva. La ética profesional juega un rol fundamental en el diseño y ejecución de políticas de salud y puntualmente en el campo de la salud mental. Entendemos la importancia de la interdisciplina, pero debemos poner en el centro a los y las usuarias de los servicios y en caso de pisar incumbencias difícilmente vamos a resguardar la salud mental.
Habiendo expresado estos puntos, les invitamos la semana próxima a quienes se encuentren interesados/as a participar de una reunión.