Por el reconocimiento de los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación
Greetings,
Por una ley nacional en la que se reconozcan los Sistemas
Aumentativos y Alternativos de comunicación,( en adelante SAAC) y se regulen los medios de apoyo a la comunicación de las personas con trastornos del espectro autista (en adelante TEA) y trastornos de la comunicación.
• Reconocimiento y regulación de los SAAC como medio de comunicación de las personas con TEA y trastornos de la comunicación en España que libremente decidan utilizarlos.
• Regulación de los medios de apoyo a la comunicación destinados a las personas con TEA o trastornos de la comunicación.
• Reconocimiento del derecho de las personas con TEA o trastornos de la comunicación, al aprendizaje, conocimiento y uso de los distintos medios de comunicación aumentativa y alternativa.
• Regulación efectiva en todo el territorio español, sin perjuicio de la regulación que corresponda en el ámbito de las Comunidades Autónomas, para que las personas con trastornos de la comunicación, o TEA puedan, libremente, hacer uso de los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación en todas las áreas públicas y privadas, con el fin de hacer efectivo el ejercicio de los derechos y libertades constitucionales, y de manera especial el libre desarrollo de la personalidad, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, el derecho a la educación y la plena participación en la vida política, económica, social y cultural.
• Disposición por parte de las administraciones educativas de los recursos necesarios para facilitar, de conformidad con lo establecido en la legislación educativa vigente, el aprendizaje de los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación.
• Inclusión en los planes de estudio del aprendizaje de los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación como asignatura optativa para el conjunto del alumnado, facilitando de esta manera la inclusión social del alumnado con trastorno del espectro autista o trastorno de la comunicación y fomentando valores de igualdad y respeto a la diversidad.
• Determinación de las Titulaciones oportunas para garantizar la disposición de profesionales debidamente cualificados para la enseñanza de los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación, garantizando su formación inicial y permanente.
• Establecimiento por parte de las Administraciones educativas de Planes y Programas de formación para el profesorado que atiende al alumnado con trastorno de la comunicación o TEA.
• Cooperación por parte de las Administraciones educativas con las entidades asociativas, en la realización de cursos de formación para el aprendizaje de los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación.
• Promoción de medidas contra la discriminación y establecimiento de medidas de acción positiva en favor de las personas con TEA o trastornos de la comunicación.
• Establecimiento de las medidas necesarias (en aplicación del Capítulo III del Título II de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social) para la aplicación del principio de igualdad de trato en el ámbito laboral.
• Promoción de la formación del personal sanitario en sistemas aumentativos y alternativos de comunicación.
• Extensión de la tarjeta sanitaria de atención preferente y acompañamiento que permita reducir esperas y la asistencia de un familiar o persona de apoyo durante todo el proceso de asistencia sanitaria.
• Adopción de las medidas necesarias para que las campañas informativas y preventivas en materia de salud sean accesibles a las personas con TEA o trastornos de la comunicación.
• Promoción de la accesibilidad en cuanto a barreras de comunicación y lenguaje, así como la existencia del personal de apoyo necesario, en aquellas actividades culturales, deportivas, de esparcimiento y de ocio que se determinen, tales como cines, teatros y museos nacionales, monumentos histórico- artísticos del Patrimonio del Estado y visitas guiadas en las que participen personas con trastorno de la comunicación o TEA.
• Promoción de la accesibilidad en cuanto a barreras de la comunicación y lenguaje en las estaciones de transporte marítimo, terrestre y aéreo, disponiendo en los puntos de información y atención al público de información en formato de lectura fácil.
• Difusión de las normas de funcionamiento y seguridad en los transportes en formato accesible para las personas con TEA o trastorno de la comunicación.
• Emisión y distribución de las informaciones institucionales y los programas de emisión gratuita y obligatoria en los medios de comunicación, en formatos plenamente accesibles para las personas con TEA o trastornos de la comunicación.
• Incorporación de formatos de lectura y comunicaciones accesibles en las reuniones plenarias de carácter público, y cualesquiera otras interés general, de las Cortes Generales, Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales y Corporaciones y Entidades Locales cuando haya participación de personas con trastorno del espectro autista o trastorno de la comunicación y se solicite previamente.
• Promoción de las las medidas necesarias para que los medios de comunicación social, de conformidad con lo previsto en su regulación específica, sean accesibles a las personas con trastornos del espectro autista o trastornos de la comunicación mediante la incorporación de SAACs.
• Adopción de las medidas necesarias para que las campañas de publicidad institucionales y los distintos soportes audiovisuales en los que éstas se pongan a disposición del público sean accesibles a las personas con trastorno del espectro autista o trastornos de la comunicación.
• Se promoverá el acceso a las telecomunicaciones de las personas con trastorno del espectro autista, trastorno de la comunicación haciendo uso de sistemas aumentativos y alternativos de comunicación.
• Incorporación de formatos de lectura fácil en las páginas y portales de Internet de titularidad pública o financiados con fondos públicos para lograr su accesibilidad a las personas con trastorno del espectro autista, trastorno de la comunicación.
• Promoción de accesibilidad de Congresos, Jornadas, Simposios y Seminarios financiados con fondos públicos, en los que participen personas con trastorno del espectro autista, trastorno de la comunicación , mediante la elaboración de documentos en formato de lectura fácil y la incorporación de los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación a las ponencias y comunicaciones.
• Promoción de la plena accesibilidad de los mensajes relativos a la declaración de estados de alarma.
• Creación del Centro de Normalización del uso de SAAC con la finalidad de investigar, fomentar, difundir y velar por el buen uso de los sistemas aumentativos y alternativos de la comunicación.
• Disposición por parte de las administraciones educativas de todo lo necesario para facilitar, conforme a la legislación educativa vigente, el aprendizaje de los medios y modos de comunicación alternativa o aumentativa al alumnado con TEA o trastornos de la comunicación.
• Promoción de Planes y Programas de formación para el profesorado que atiende al alumnado con trastorno del espectro autista o trastornos de la comunicación.
• Promoción de la prestación de los medios necesarios para el uso de los sistemas aumentativos y alternativos de la comunicación por las personas con TEA o trastorno de la comunicación en los centros escolares.
• Promoción de programas e iniciativas específicas de atención al estudiante universitario con TEA o trastorno de la comunicación.
• Promoción por parte de las Administraciones Públicas de las condiciones adecuadas, tales como formación y disponibilidad de medios de apoyo a la comunicación, para facilitar las relaciones de las personas con TEA o trastornos de la comunic
[Your name]